Por el cual se distribuye la partida global apropiada para jornales y gastos de sostenimiento de las diversas entidades de la División de Tuberculosis del Ministerio de Salud Pública
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 295, artículo 3034 del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: "Para jornales y gastos de sostenimiento de los Dispensarios Antituberculosos, Centros Epidemiológicos Antituberculosos, Hospitales Sanatorios, Unidades Móviles, Campaña de Vacunación en Masa con B.C.G., y demás organismos de la Campaña Antituberculosa Nacional, existentes o. que se funden, administrados dilectamente por el Ministerio, según distribución que se hará de acuerdo con las necesidades, en la presente vigencia y anteriores", hácese la siguiente distribución;
| CAPITULO 295 | |||
|---|---|---|---|
| Artículo 3084. | |||
| Oficina. 362. Clave IOS. Ordinal 1. Para jornales y gastos de sostenimiento del Hospital Infantil Antituberculoso "El Niño Jesús, ríe Barranquilla, en la presente vigencia y anteriores, suma que será girada al Administrador 1. Síndico Ejecutor de ese Hospital. | $ | 12.000.00 | 144.000,0 |
| Mes. | Año. | ||
| Oficina 362. Clave 106. Ordinal 2. Para jornales y gastos de sostenimiento de la Unidad Móvil del Caribe, Dispensario Antituberculoso y Centro Epidemiológico Antituberculoso de Barranquilla en la presente vigencia y anteriores suma que será girada al Administrador I, Sindico Ejecutor del Dispensario Antituberculoso de Barranquilla | $ | 4.000.00 | 48,000.00 |
| Oficina 363. Clave 106, Ordinal 3. Para jornales y gastos de sostenimiento del Hospital Sanatorio "San Pablo". de Cartagena, en la presente vigencia y anteriores, suma que será girada al Administrador I, Síndico Ejecutor do ese Hospital | 38.000.00 | 456.000.00 | |
| Oficina 363. Clave 106. Ordinal 4; Para jornales y gastos de, sostenimiento del Dispensario Antituberculoso y Centro Epidemiológico Antitubercu1oso de Cartagena, en la presente vigencia y anteriores | 1.100.00 | 13.200.00 | |
| Oficina 364. Clave 106. Ordinal 5. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario y Centro Epidemiológico Antituberculoso de Tunja. en 3ª presente vigencia y anteriores | 250.00 | 3.000.00 | |
| Oficina 365, Clave 106. Ordinal 6. Para jornales y gastos de sostenimiento del Hospital Sanatorio Antituberculoso • Santa Sofía, Dispensario Antituberculoso y Centro Epidemiológico Antituberculoso de Manizales, en la presente vigencia y anteriores, seria que será girada al Administrador I, Síndico Ejecutor del Hospital Sanatorio "Santa Sofía", de esa ciudad | 47.000.00 | 564.000.00 | |
| Oficina 365: Clave 106. Ordinal 7. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso y Centro Epidemiológico Antituberculoso de Pereira. en la presente vigencia .y anteriores | 1.400.00 | 16.800.00 | |
| Oficina 365 Clave 106. Ordinal 8 Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso de Armenia. en la presente vigencia y anteriores | 300.00 | 9.600.00 | |
| Oficina 366. Clave 106. Ordinal 9. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario. Antituberculoso y Centro Epidemiológico Antituberculoso de Popayán, en la presente vigencia y anteriores | 1.000.00 | 12.000.00 | |
| Oficina 367. Clave 106. Ordinal 10. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso de Montería, en la presente vigencia y anteriores | 600.00 | 7200.00 | |
| Oficina 368. Clavo 106, Ordinal 11. Para jornales y gastos de sostenimiento del Hospital Sanatorio Nacional "Santa Clara", de Bogotá, en la presente vigencia y anteriores | 67.000.00 | 804.000.00 | |
| Oficina 368. Clave 106. Ordinal 12. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso de Girardot, en la presente vigencia y anteriores | 350.00 | 4.200.00 | |
| Oficina 368. Clavo 106.Ordinal 13. Para jornales y gastos de sostenimiento de- la Unidad Móvil Ferroviaria de Cundirían arca, en la presente vigencia y anteriores | 20000 | 2,400.00 | |
| Oficina 368. Clave 106. Ordinal 14. Para jornales y gastos de sostenimiento de los Centres Epidemiológicos Antituberculosos números 1, 2 y 3 de Bogotá, en la presente vigencia y anteriores | 400,00 | 4.800.00 | |
| Oficina 368. Clave 106 Ordinal 15. Para jornales y gastos de sostenimiento de las Unidades Móviles, en la presente vivencia v anteriores | 2,000.00 | 24.000.00 | |
| Oficina 369. Clave 106. Ordinal 16. Para jornales y gastos de sostenimiento del Hospital Sanatorio. Antituberculoso El Carmen de Atrato (Chocó), en la presente vigencia y anteriores. suma que será girada al Administrador I. Síndico Ejecutor de ese Hospital | 11.000.00 | 132.000.00 | |
| Oficina 369. Clave 106. Ordinal. 17. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario, Antituberculoso de Quibdó. en la presente vigencia y anteriores | 450.00 | 5.400.00 | |
| Oficina 370. Clave 10(5. Ordinal 18. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso de Neiva, en la presente vigencia y anteriores | $ | 250.00 | 3.000.00 |
| Oficina 371. Clave 106. Ordinal 19. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso y Hospital Sanatorio "Fernando Troconis", y Centro Epidemiológico Antituberculoso de Santa Marta, en la presente vigencia y anteriores, suma que será girada al Administrador I, Sindico Ejecutor del Hospital Sanatorio "Fernando Troconis", de esa ciudad. | 12.000.00 | 144.000.00 | |
| Oficina 372. Clave 10.6. Ordinal 20. Para jornales y gastos de sostenimiento, del Dispensario Antituberculoso de Pasto, en la presente vigencia y anteriores. | 300.00 | 3.600.00 | |
| Oficina 373. Clave 106. Ordinal 21. Para jornales y gastos de sostenimiento del Hospital Sanatorio "Amelia", Dispensario Antituberculoso y Centro Epidemiológico Antituberculoso de Cúcuta, en la presente vigencia y anteriores, suma que será girada al Administrador I, Sindico Ejecutor del Hospital Sanatorio "Amelia". de esa ciudad | .8.000.00 | 96 000.00 | |
| Oficina 373. Clave 106. Ordinal 22. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso de Ocaña. en la presente vigencia y anteriores | 300.00 | 3.600.00 | |
| Oficina 373. Clave 106. Ordinal 23. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso de Pamplona, en la presento vigencia y anteriores | 350.00, | 4.200.00 | |
| Oficina 374. Clave 106. Ordinal 24. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso y Centro Epidemiológico Antituberculoso de Bucaramanga, en la presente vigencia y anteriores | 1.200.00 | 14.000.00 | |
| Oficina 375. Clave 106. Ordinal 25 Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso de Honda, en la presente vigencia y anteriores | 250.00 | 3.000.00 | |
| Oficina 375. Clave 106. Ordinal 26. Para jornales y gastos do sostenimiento del Dispensario Antituberculoso, Centro Epidemiológico Antituberculoso y Pabellón Antituberculoso de Ibagué, en la presente vigencia y anteriores, suma que será girada al Administrador I Sindico Ejecutor del Dispensario Antituberculoso v Hospital Sanatorio "San Francisco" de Ibagué | 6.000.00 | 72.000.00 | |
| Oficina 375. Clave 106. Ordinal 27. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso do El Espinal, en la presente vigencia y anteriores | 300.00 | 3.600.00 | |
| Oficina 376. Clave 106. Ordinal 23. Para jornales y gastos de sostenimiento del Hospital Sanatorio Antituberculoso. "El Tabor", de Buenaventura, y Dispensario Antituberculoso, en la presente vigencia y anteriores, suma que será girada al Administrador 1 Síndico Ejecutor del Hospital Sanatorio "El Tabor", de Buenaventura. | 8.000.00 | 96.0.00.00 | |
| Oficina 376. Clave 106. Ordinal 29. Para jornales y gastos de sostenimiento de Dispensarios, Pabellones y Centros Epidemiológicos Antituberculosos de Cali, Buga. Cartago. Palmira y Tuina, en a presente vigencia y anteriores, suma que será girada al Administrador II Síndico Ejecutor de la Campaña del Valle, y cuya distribución entre cada una de esas instituciones podrá hacerla el Administrador II Síndico Ejecutor, previo el estudio de las labores y necesidades de cada luna de citas. | 31.000.00 | 372.000.00 | |
| Oficina 377. Clave 106. Ordinal 30. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso y Hospital Sanatorio "San Antonio", de Villavicencio, en la presente vigencia y anteriores, suma que será girada al Administrador I Síndico Ejecutor, de ese Sanatorio | 5.000.00 | 60.000.00 | |
| Oficina 377. Clave 106. Ordinal 31. Para jornales y gastos de sostenimiento del Dispensario Antituberculoso de Florencia, en la presente vigencia y anteriores | .500.00 | 6.000.00 |
Artículo segundo. El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se hará con cargo al Capítulo 295, artículo 3084 del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, a partir del l9 de enero de 1960, hasta el 31 de diciembre del mismo año.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de febrero de 1960.
ALBERTO LLERAS.
Hernando Agudelo Villa, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
José A. Jácome Valderrama, Ministro de Salud Pública.
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