Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), por $ 2.922.279.89

Rango Decreto
Publicación 1971-02-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969 se autorizó al Gobierno Nacional para abrir por decreto, a partir del 1° de enero de 1970, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que por medio de la Resolución ejecutiva número 354 de 1970 se dispuso 1a. cancelación de reservas en el Balance del Tesoro, correspondientes a la vigencia fiscal de 1969, por un total de $2.922.279.891, lo cual constituye un recurso que el Gobierno ha determinado destinarlo para financiar la apertura de unos créditos adicionales al Presupuesta de Gastos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1075 de 1984, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 29 de 1970 por $2.922.279.89, con el cual se ampara el crédito presupuestal de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido les requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de dos millones novecientos veintidós mil doscientos setenta y nueve pesos con ochenta y nueve centavos ($ 2.922.279.89) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 29 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, le incorporarán con imputación al siguiente numeral:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

CAPITULO XV

Recursos del Balance del Tesoro

Numeral 17.3. Cancelación de Reservas del Balance del Tesoro con Fondos de Contrapartidas $2.922.279.89
Suma el Recurso $2.922.279.89
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

PRESUPUESTO DE INVERSION

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA

Capítulo 505

Departamento Administrativo Nacional

de Estadística .

Programa 505

Desarrollo de la Investigación Estadística

Inversión directa

Recursos del Balance del Tesoro con base en Fondos de Contrapartidas.

490, 115. Artículo 5054-E. Censo Agropecuario $1.422.279.89

Programa 507

Remodelación edificios

Inversión directa

Recursos del Balance del Tesoro, con base en Fondos de Contrapartidas

563, 435. Artículo 5061. Remodelación edificio DANE $1.500.000.00
Suman los Créditos $2.922.279.89
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de diciembre de 1970.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Patiño Rosselli.

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