por el cual se aprueba el Acuerdo número 0031 del 07 de octubre de 1993, del Fondo Rotatorio de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1° Aprobar el Acuerdo número 0031 del 07 de octubre de 1993, emanado de la Junta Directiva del Fondo Rotatorio de la Policía Nacional, por medio del cual se establece la planta de personal de la entidad y que textualmente dice:
“ACUERDO NUMERO 0031 DE 1993
“por el cual se establece la planta de personal del Fondo Rotatorio de la Policía Nacional”.
La Junta Directiva del Fondo Rotatorio de la Policía Nacional, en uso de sus facultades legales y estatutarias,
ACUERDA:
Artículo 1° Las funciones propias del Fondo Rotatorio de la Policía Nacional, serán desarrolladas por los cargos establecidos en la siguiente planta de personal:
| N° cargos | Denominación del cargo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 | Director General de Establecimiento Público | 0015 | 11 |
| 1 | Subdirector General de Establecimiento Público | 0040 | 06 |
| 3 | Jefe de Oficina | 2045 | 12 |
| 4 | Jefe de División | 2040 | 11 |
| 7 | Profesional Especializado | 3010 | 10 |
| 2 | Profesional Universitario | 3020 | 09 |
| 5 | Profesional Universitario | 3020 | 08 |
| 8 | Profesional Universitario | 3020 | 06 |
| 9 | Profesional Universitario | 3020 | 05 |
| 1 | Profesional Universitario | 3020 | 04 |
| 4 | Asistente Administrativo | 4140 | 10 |
| 1 | Técnico Administrativo | 4065 | 10 |
| 2 | Técnico Administrativo | 4065 | 09 |
| 2 | Programador de Sistemas | 4060 | 09 |
| 3 | Técnico Operativo | 4080 | 09 |
| 8 | Técnico Profesional | 4175 | 09 |
| 3 | Técnico Operativo | 4080 | 07 |
| 5 | Técnico Administrativo | 4065 | 07 |
| 6 | Técnico Administrativo | 4065 | 06 |
| 3 | Técnico Administrativo | 4065 | 05 |
| 2 | Secretario | 5140 | 10 |
| 16 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 09 |
| 7 | Secretario | 5140 | 08 |
| 9 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 07 |
| 3 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 05 |
| 3 | Conductor Mecánico | 6010 | 06 |
| 8 | Auxiliar de Servicios Generales | 6035 | 05 |
Artículo 2° Fíjanse en 89 el número de trabajadores oficiales al servicio del Fondo Rotatorio de la Policía Nacional.
Artículo 3° El Director General del Fondo Rotatorio de la Policía Nacional distribuirá mediante resolución los cargos de la planta de personal establecida en el artículo 1° de este Acuerdo y ubicará al personal conforme a la estructura interna, planes y programas del Instituto y necesidades del servicio.
Artículo 4° El presente Acuerdo, para su validez, requiere la aprobación mediante decreto del Gobierno Nacional, y deroga el Acuerdo número 044 de 1988 y las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los siete (07) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y tres (1993).
El Viceministro de Defensa Nacional,
(Fdo.) Juan Pablo Cabal Cabal.
La Secretaria Junta Directiva Fondo Rotatorio,
Teniente Coronel (s.) Cecilia Navarro Reyes”.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1994 y deroga las disposiciones le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 7 de diciembre 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez. El Ministro de Defensa Nacional, Rafael Pardo Rueda. El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Jorge Eliécer Sabas Bedoya.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.