Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Relaciones Exteriores)

Rango Decreto
Publicación 1943-12-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Primer Designado, Encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 3 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en la nota número 1548 procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
CAPITULO 20. CAPITULO 20. CAPITULO 20.
Del artículo 173. Para sueldos del personal diplomático, en el año $ 5.000.00
Del artículo 174. Para gastos de representación del personal diplomático, en el año 5.000.00
Suman los contracréditos $ 10.000.00
CAPITULO 19. CAPITULO 19. CAPITULO 19.
Al artículo 169. Para material y gastos varios del Ministerio, combustibles, lubricantes, reparaciones y repuestos de los vehículos al servicio del mismo, en el año $ 1.000.00
CAPITULO 21. CAPITULO 21. CAPITULO 21.
Al artículo 181. Para viáticos del personal consular, en el año 9.000.00
Suman los créditos $ 10.000.00
Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1943.

DARIO ECHANDIA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Carlos LOZANO Y LOZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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