por el cual se aprueba el Acuerdo número 0003 del 6 de agosto de 1997, que establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora

Rango Decreto
Publicación 1997-10-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978, y en concordancia con el artículo 11 del Decreto 1690 de 1997,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo 0003 del 6 de agosto de 1997, por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 0003 DE 1997

(agosto 6)

por el cual se establece la planta de personal del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora.

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias y en especial las previstas en los artículos 11 y 13 del Decreto Extraordinario 1690 de 1997,

ACUERDA:

Artículo 1º. De la supresión de empleos. Suprímense de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, aprobada mediante Decreto 1092 del 27 de junio de 1995, con las modificaciones introducidas en los Acuerdos 29 y 30 de 1996, los cuales fueron aprobados por el Decreto 526 del 3 de marzo de 1997, los empleos que se relacionan a continuación:

Niveles y denominaciónde los empleos Código Grado Oficinas Centrales Regionales Total
Ejecutivo 0 20 20
Jefe de Sección 2075 14 0 20 20
Profesional 23 55 78
Profesional Especializado 3010 18 8 0 8
Profesional Especializado 3010 15 8 0 8
Profesional Especializado 3010 14 0 1 1
Profesional Universitario 3020 13 0 27 27
Profesional Universitario 3020 12 6 9 15
Profesional Universitario 3020 11 0 7 7
Profesional Universitario 3020 10 0 8 8
Profesional Universitario 3020 9 1 3 4
Técnico 10 131 141
Asistente Administrativo 4140 16 4 2 6
Asistente Administrativo 4140 15 1 11 12
Asistente Administrativo 4140 12 3 0 3
Técnico Administrativo 4065 12 0 30 30
Técnico Administrativo 4065 11 2 0 2
Técnico Operativo 4080 11 0 57 57
Técnico Operativo 4080 10 0 11 11
Dibujante 4095 12 0 8 8
Topógrafo Tecnólogo 4160 12 0 12 12
Asistencial 26 192 218
Secretario Ejecutivo 5040 22 1 0 1
Secretario Ejecutivo 5040 20 6 7 13
Secretario 5140 14 2 7 19
Secretario 5140 13 0 9 9
Tesorero 5015 22 0 7 7
Auxiliar Administrativo 5120 12 2 16 18
Auxiliar Administrativo 5120 11 0 11 11
Auxiliar Administrativo 5120 10 9 76 85
Operario Calificado 5300 19 2 9 11
Operario Calificado 5300 15 1 0 1
Operario Calificado 5300 11 0 5 5
Conductor Mecánico 5310 11 3 35 38
Totales 59 398 457
Número total de empleos suprimidos: cuatrocientos cincuenta y siete (457). Número total de empleos suprimidos: cuatrocientos cincuenta y siete (457). Número total de empleos suprimidos: cuatrocientos cincuenta y siete (457). Número total de empleos suprimidos: cuatrocientos cincuenta y siete (457). Número total de empleos suprimidos: cuatrocientos cincuenta y siete (457).

Artículo 2º. De la planta de personal Las funciones propias de las distintas dependencias que conforman la estructura orgánica del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:

No. Cargos Denominación del empleo Código Grado
1 Gerente General de Entidad Descentralizada 0015 22
4 Asesor 1020 16
1 Asesor 1020 8
1 Secretario Ejecutivo 5040 24
Total despacho del Gerente General: siete (7); Total despacho del Gerente General: siete (7); Total despacho del Gerente General: siete (7); Total despacho del Gerente General: siete (7);

Nivel Directivo

No. Cargos Denominación del empleo Código Grado
1 Secretario General de la Entidad Descentralizada 0037 19
3 Subgerente General de Entidad Descentralizada 0040 19
4 Total Nivel Directivo. Total Nivel Directivo. Total Nivel Directivo.

Nivel Asesor

No. Cargos Denominación del empleo Código Grado
4 Asesor 1020 08
4. Total Nivel Asesor. Nivel Asesor. Nivel Asesor.

Nivel Ejecutivo

No. Cargos Denominación del empleo Código Grado
4 Jefe de Oficina 2045 24
25 Director Regional 2035 25
5 Jefe de Programa 2084 24
34 Total Nivel Ejecutivo Cuatro Total Nivel Ejecutivo Cuatro Total Nivel Ejecutivo Cuatro

Nivel Profesional

No. Cargos Denominación del empleo Código Grado
9 Profesional Especializado 3010 21
80 Profesional Especializado 3010 19
65 Profesional Especializado 3010 17
113 Profesional Especializado 3010 16
72 Profesional Especializado 3010 15
24 Profesional Universitario 3020 13
15 Profesional Universitario 3020 10
1 Médico Especialista 3120 19
2 Odontólogo (medio tiempo) 3085 17
381 Total Nivel Profesional. Total Nivel Profesional. Total Nivel Profesional.

Nivel Técnico

No. Cargos Denominación del empleo Código Grado
40 Técnico Administrativo 4065 17
45 Técnico Administrativo 4065 16
83 Técnico Administrativo 4065 15
72 Técnico Administrativo 4065 12
82 Técnico Administrativo 4065 14
235 Técnico Operativo 4080 15
27 Dibujante 4095 14
65 Topógrafo Tecnólogo 4160 15
649 Total Nivel Técnico. Total Nivel Técnico. Total Nivel Técnico.

Nivel Asistencial

No. Cargos Denominación del empleo Código Grado
4 Secretario Ejecutivo 5040 24
33 Secretario Ejecutivo 5040 23
72 Secretario Ejecutivo 5040 21
26 Tesorero 5015 23
67 Auxiliar Administrativo 5120 15
120 Auxiliar Administrativo 5120 13
12 Auxiliar de Servicios Grales. 5335 19
57 Conductor Mecánico 5310 13
391. Trescientos noventa y uno. Total Nivel Asistencial. 391. Trescientos noventa y uno. Total Nivel Asistencial. 391. Trescientos noventa y uno. Total Nivel Asistencial. 391. Trescientos noventa y uno. Total Nivel Asistencial.
Total planta global: un mil cuatrocientos sesenta y tres (1.463). Total planta global: un mil cuatrocientos sesenta y tres (1.463). Total planta global: un mil cuatrocientos sesenta y tres (1.463). Total planta global: un mil cuatrocientos sesenta y tres (1.463).
Total planta de personal: mil cuatrocientos setenta (1.470). Total planta de personal: mil cuatrocientos setenta (1.470). Total planta de personal: mil cuatrocientos setenta (1.470). Total planta de personal: mil cuatrocientos setenta (1.470).

Artículo 3º. Garantías laborales de los empleados del Incora. Los empleados públicos del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, inscritos en el escalafón de la carrera administrativa, que actualmente presten sus servicios a la entidad y cuyos empleos se suprimen en el artículo 1º de este Acuerdo, tendrán derecho a la indemnización o al tratamiento preferencial de revinculación en los términos y condiciones contenidas en el artículo 8º de la Ley 27 de 1992, el Decreto 1223 de 1993 y las normas que los modifiquen o sustituyan.

Artículo 4º.Distribución de cargos. El Gerente General mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global de que trata el aparte b) del artículo 2º del presente Acuerdo, y ubicará el personal de conformidad con la estructura orgánica del Instituto, los procesos, planes, programa y proyectos adoptados, las necesidades del servicio y la justificación programática.

Artículo 5º. Incorporación. La incorporación en la nueva Planta de Personal, se efectuará dentro del término de treinta (30) días, contados a partir de la promulgación del Decreto que apruebe el presente Acuerdo.

Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia de la adopción de la Planta de Personal de la entidad, continuarán percibiendo la remuneración anterior hasta la fecha en que se posesionen en el respectivo empleo de la Planta de Personal establecida en el artículo 2º del presente Acuerdo.

Artículo 6º.De las atribuciones de los funcionarios de la actual Planta de Personal del Incora. Los funcionarios de la actual Planta de Personal del Incora continuarán ejerciendo la funciones y atribuciones a ellos asignadas, hasta cuando sea publicado el Decreto que apruebe la nueva Planta de la Entidad, de acuerdo con la estructura orgánica y funciones señaladas en el Decreto 1690 de 1997.

Artículo 7º. De la conformación de grupos de trabajo. El Gerente General del Incora determinará y conformará Grupos Internos de Trabajo y Grupos Móviles de Gestión en las Oficinas Centrales y Regionales respectivamente, con el propósito de racionalizar la utilización del potencial humano, los recursos físicos y financieros disponibles, de manera que se obtenga el funcionamiento eficiente y armónico de la entidad.

Artículo 8º.Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo 06 de 1995 y los Acuerdos 029 y 030 de 1996.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 1997.

El Presidente de la Junta,

Fdo. Antonio Gómez Merlano.

La Secretaria de la Junta,

Fdo. Jeannette Benítez de Arévalo. »

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1092 de 1995 y 526 de 1997 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de octubre de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Antonio Ocampo Gaviria.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Antonio Gómez Merlano.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

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