Por el cual se suprimen las plazas de Médicos de las Penitenciarías de la República

Rango Decreto
Publicación 1911-03-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Suprímense las plazas de Médicos y Practicantes de las Penitenciarías de la República, y adscríbense sus funciones á los Médicos de las guarniciones militares.

Parágrafo. El Panóptico de Bogotá será atendido por el Médico de la Policía y por un Practicante que designará el Gobierno.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 8 de Marzo de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

jorge ROA

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