Por el cual se distribuye la aporpiación para la campaña antivenérea nacional
El Presidente de la República de Colombia,
DECRETA:
Articula primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 295, artículo 3164, del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, "para auxilios y organización de Institutos de Higiene Social y otros organismos sanitarios que desarrollen Campaña Antivenérea, según distribución que se hará de acuerdo con las necesidades, en el año", hácese la siguiente distribución:
CAPITULO 295
Articulo 3164
| Clave económica 458 | Clave económica 458 | Clave económica 458 |
|---|---|---|
| Ordinal 1. Para el Instituto de Higiene Social de Bucaramanga | $ | 40.000.00 |
| Ordinal 2. Para el Instituto de Higiene Social de Girardot y Campaña Antivenérea en los Centros Pilotos de Cundinamarca | 135.000.00 | |
| Ordinal 3. Para la Campaña Antivenérea en la Comisaria del Putumayo, en cumplimiento del contrato sobre Campañas Sanitarias en esa sección del país | 60.000.00 | |
| Ordinal 4. Para la Campaña Antivenérea en el Departamento del Cauca, en cumplimiento del contrato sobre Campañas Sanitarias en ese Departamento. | 40.080.00 | |
| Ordinal 5, Para atender al cumplimiento del contrato celebrado con el Municipio de Cali, sobre sostenimiento del Instituto de Higiene Social de esa ciudad. | 80.000.00 | |
| Total. | $ | 355.000.00 |
Artículo segundo. Las sumas que se destinan en el presente Decreto para los Institutos de Higiene Social de Bucaramanga, Girardot, Cundinamarca y Cauca, serán giradas por el Ministerio de Salud Pública, directamente a los señores Pagadores de las respectivas Direcciones Departamentales de Salud Publica. La suma que se destina a la Comisaría del Putumayo, será girada por el Ministerio de Salud Pública, directamente al Síndico Pagador de la Dirección Comisarial de Salud Pública del Putumayo.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de febrero de 1960.
ALBERTO LLERAS.
Hernando Agudelo Villa, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
José Antonio Jácome Valderrama, Ministro de Salud Pública.
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