por el cual se adicionan los Decretos 61, 103 y 160 de 1981
El Designado, encargado de la Presidencia de la República deColombia,en ejercicio de las facultades que le confiere el inciso final del artículo 68 de la Constituciónysu modificatorio el artículo 6º del Acto legislativo número 1 de 1979.
DECRETA:
Artículo 1º. Sométese a la consideración del Congreso nacional durante las sesiones extraordinarias del presente año además de los proyectos enumerados enlosDecretos 61, 103 y160 de 1981, el siguiente:
"Porlacual se determina el número de miembros de las Comisiones Constitucionales Permanentes".
Artículo 2º. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquesey cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de febrero de 1981.
VICTOR MOSQUERA CHAUX
El Ministro de Gobierno,
GermánZea.
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