por medio del cual se modifica la Planta de Personal de la Superintendencia Nacional de Salud

Rango Decreto
Publicación 2013-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Superintendencia Nacional de Salud es una entidad de carácter técnico adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, cabeza del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Que la Superintendencia Nacional de Salud con el fin de modificar la planta de personal, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal.

Que en mérito de lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal de la Superintendencia Nacional de Salud los siguientes cargos:
Nº de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
DESPACHO DEL SUPERINTENDENT E DESPACHO DEL SUPERINTENDENT E DESPACHO DEL SUPERINTENDENT E DESPACHO DEL SUPERINTENDENT E
Uno (1) Superintendente 0030 25
Cinco (5) Asesor 1020 15
Seis (6) Asesor 1020 13
Dos (2) Profesional Especializado 2028 17
Uno (1) Técnico 3100 18
Dos (2) Secretario Ejecutivo 4210 22
Dos (2) Conductor Mecánico 4103 17
DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS
Cinco (5) Superintendente Delegado 0110 22
Diecinueve (19) Asesor 1020 10
Nº de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
--- --- --- ---
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
Uno (1) Secretario General de Superintendencia 0037 22
Cuatro (4) Director de Superintendencia 0105 19
Dos (2) Jefe de Oficina 0137 19
Uno (1) Jefe de Oficina Asesora Jurídica 1045 12
Uno (1) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 12
Veintiséis (26) Profesional Especializado 2028 20
Veinte (20) Profesional Especializado 2028 19
Cuarenta y siete (47) Profesional Especializado 2028 17
Once (11) Profesional Especializado 2028 14
Quince (15) Profesional Especializado 2028 12
Diecisiete (17) Profesional Universitario 2044 10
Trece (13) Profesional Universitario 2044 6
Cinco (5) Profesional Universitario 2044 2
Nueve (9) Profesional Universitario 2044 1
Cuatro (4) Analista de Sistemas 3003 16
Cuatro (4) Técnico 3100 18
Uno (1) Técnico 3100 16
Seis (6) Técnico Administrativo 3124 13
Cinco (5) Técnico Administrativo 3124 11
Dos (2) Técnico Operativo 3132 10
Siete (7) Secretario Ejecutivo 4210 18
Seis (6) Secretario Ejecutivo 4210 16
Uno (1) Auxiliar Administrativo 4044 23
Dos (2) Auxiliar Administrativo 4044 13
Diez (10) Auxiliar Administrativo 4044 11
Cuatro (4) Auxiliar Administrativo 4044 10
Veinte (20) Secretario 4178 13
Tres (3) Secretario 4178 10
Dos (2) Operario Calificado 4169 11
Dos (2) Conductor Mecánico 4103 15
Cuatro (4) Conductor Mecánico 4103 11
Dos (2) Auxiliar de Servicios Generales 4064 11
Tres (3) Auxiliar de Servicios Generales 4064 9
Artículo 2°. Las funciones propias de la Superintendencia Nacional de Salud serán atendidas por la planta de personal que a continuación se establece:
Nº de Cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
1 (Uno) Superintendente 0030 25
2 (Dos) Asesor 1020 18
7 (Siete) Asesor 1020 15
17 (Diecisiete) Asesor 1020 13
2 (Dos) Profesional Especializado 2028 19
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 13
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 18
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19
DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS DESPACHO DE LOS SUPERINTENDENTES DELEGADOS
6 (Seis) Superintendente Delegado 0110 23
19 (Diecinueve) Asesor 1020 10
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
1(Uno) Secretario General 0037 23
4 (Cuatro) Jefe de Oficina 0137 21
1 (Uno) Asesor 1020 14
10 (Diez) Director de Superintendencia 0105 20
2 (Dos) Subdirector Administrativo y/o Financiero o Técnico u Operativo 0150 19
1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 16
1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 16
1(Uno) Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones 1045 16
35 (Treinta y cinco Profesional Especializado 2028 24
20 (Veinte) Profesional Especializado 2028 23
32 Treinta y dos Profesional Especializado 2028 22
34 (Treinta y cuatro) Profesional Especializado 2028 21
70 (Setenta) Profesional Especializado 2028 20
82 (Ochenta y dos) Profesional Especializado 2028 19
100 (Cien) Profesional Especializado 2028 17
15 (Quince) Profesional Especializado 2028 16
54 (Cincuenta y cuatro) Profesional Especializado 2028 14
20 (Veinte) Profesional Especializado 2028 12
5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 11
5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 10
Nº de Cargos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado
--- --- --- ---
10 (Diez) Profesional Universitario 2044 08
4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 06
5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 04
4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 03
2 (Dos) Profesional Universitario 2044 02
8 (Ocho) Profesional Universitario 2044 01
2 (Dos) Técnico Operativo 3132 12
2 (Dos) Técnico Operativo 3132 11
6 (Seis) Técnico Administrativo 3124 15
15 (Quince) Técnico Administrativo 3124 13
10 (Diez) Técnico 3100 18
4 (Cuatro) Analista de Sistemas 3003 18
5 (Cinco) Analista de Sistemas 3003 16
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24
7 (Siete) Secretario Ejecutivo 4210 20
7 (Siete) Secretario Ejecutivo 4210 18
2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4210 16
18 (Dieciocho) Secretario Ejecutivo 4210 15
6 (Seis) Secretario 4178 13
3 (Tres) Secretario 4178 12
2 (Dos) Operario Calificado 4169 13
1 (Uno) Operario Calificado 4169 11
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19
2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 17
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 15
4 (Cuatro) Conductor Mecánico 4103 13
2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 11
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 23
2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 15
20 (Veinte) Auxiliar Administrativo 4044 13
4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 4044 12
3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 11
Artículo 3°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2° del presente decreto, se efectuará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su publicación.

Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 4°. La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 775 de 2005, la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia. El Superintendente Nacional de Salud distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 5°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1019 de 2007 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de noviembre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría

El Ministro de Salud y Protección Social,

Alejandro Gaviria Uribe.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.