por el cual se suprimen unos cargos, se crea otro y se fijan unas asignaciones en el Gabinete del Ministerio de Justicia, de conformidad con la facultad conferida en el artículo 3° del Decreto 381 de 13 de diciembre de 1957, y con el Plan de Clasificación y Remuneraciones de que trata el Decreto 349 del mismo año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. A partir del primero (1°) de diciembre del año en curso, suprímense los siguientes cargos en el Gabinete del Ministro de Justicia, con la asignación que en cada caso se indica:
| 1 Oficial de Información | $ | 391.00 |
|---|---|---|
| 1 Archivero Ayudante | 230.00 |
Artículo segundo. A partir del primero (1°) de diciembre del año en curso, créase en el Gabinete del Ministro de Justicia el cargo de Recepcionista, con una asignación mensual de cuatrocientos pesos ($ 400.00)
Artículo tercero. A partir del primero (1°) de diciembre del año en curso, las asignaciones del personal de Gabinete y Secretaría General del Ministerio de Justicia, serán las siguientes:
| 1 Auxiliar del Gabinete del Ministro | $ | 610.00 |
|---|---|---|
| 1 Auxiliar de Secretaría General | 610.00 | |
| --- | --- | --- |
| 1 Chofer de Secretaría General | 360.00 | |
| --- | --- | --- |
Artículo cuarto. Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán cubiertos con cargo al Capítulo 70, artículo 700 de la actual vigencia fiscal.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 27 de noviembre de 1958.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Justicia,
Germán Zea
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa
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