Por el cual se modifica la Planta de Personal del instituto Colombiano de Comercio Exterior - Incomex
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
ARTICULO 1º Aprobar la Resolución número 019 del 10 de julio de 1986 emanada del Consejo Directivo de Comercio Exterior, por la cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, cuyo texto es el siguiente:
RESOLUCION NUMERO 019 DE 1986
(julio 10)
"por la cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Comercio Exterior-Incomex".
El Consejo Directivo de Comercio Exterior, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que en la Subdirección de Política Comercial, División de Relaciones Bilaterales, Sección de Países de Norteamérica, Europa Occidental y Japón, se hace necesario nombrar un profesional de altas calidades académicas, con amplia experiencia y conocimientos en el manejo de las cuestiones comerciales y de la participación en comités de estudio y negociación;
Que para lograr lo anterior se requiere mejorar el nivel salarial correspondiente al grado, para desempeñar las funciones que se le asignen al profesional mencionado en el considerando anterior,
RESUELVE:
Artículo 1º Suprimir de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Comercio Exterior "Incomex", los siguientes cargos:
| Nº DE CARGOS | Nº DE CARGOS | DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO | DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO | CODIGO | GRADO |
|---|---|---|---|---|---|
| DIRECCION GENERAL | DIRECCION GENERAL | DIRECCION GENERAL | DIRECCION GENERAL | DIRECCION GENERAL | DIRECCION GENERAL |
| 1 | Profesional Especializado | Profesional Especializado | Profesional Especializado | 3010 | 09 |
| Subdirección de Política Comercial | Subdirección de Política Comercial | Subdirección de Política Comercial | Subdirección de Política Comercial | Subdirección de Política Comercial | Subdirección de Política Comercial |
| División de Relaciones Bilaterales | División de Relaciones Bilaterales | División de Relaciones Bilaterales | División de Relaciones Bilaterales | División de Relaciones Bilaterales | División de Relaciones Bilaterales |
| SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. | SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. | SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. | SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. | SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. | SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. |
| 1 | 1 | 1 | Profesional Especializado | 3010 | 08 |
Artículo 2º Crear en la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Comercio Exterior-Incomex los siguientes cargos:
| Nº DE CARGOS | Nº DE CARGOS | DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO | CODIGO | GRADO |
|---|---|---|---|---|
| DIRECCION GENERAL | DIRECCION GENERAL | DIRECCION GENERAL | DIRECCION GENERAL | DIRECCION GENERAL |
| 1 | Profesional Especializado | Profesional Especializado | 3010 | 08 |
| Subdirección de Política Comercial. | Subdirección de Política Comercial. | Subdirección de Política Comercial. | Subdirección de Política Comercial. | Subdirección de Política Comercial. |
| División de Relaciones Bilaterales. | División de Relaciones Bilaterales. | División de Relaciones Bilaterales. | División de Relaciones Bilaterales. | División de Relaciones Bilaterales. |
| SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. | SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. | SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. | SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. | SECCION DE PAISES DE NORTEAMERICA, EUROPA OCCIDENTAL Y JAPON. |
| 1 | Profesional Especializado | Profesional Especializado | 3010 | 09 |
Artículo 3º La presente Resolución rige a partir de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. E., a 10 de julio de 1986.
El Presidente,
(Fdo.) Gustavo Castro Guerrero.
La Secretaria,
(Fdo.) LUZ MARINA MONROY.
ARTICULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 31 de julio de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hugo Palacios Mejia.
El Ministro de Desarrollo Económico,
Gustavo Castro Guerrero.
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Ericina Mendoza Saladen.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.