Por el cual se abren unos créditos al Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Contraloría General de la República ha certificado la existencia de nuevos recursos fiscales por la cantidad de $ 4.735.660.23 moneda corriente, de la manera siguiente:
| Oficio número 11355 del 12 de julio de 1948, valor de sumas sin aplicación para el servicio de la deuda pública y utilidades en la compra de bonos en mercado abierto, según consignación verificada por el | Oficio número 11355 del 12 de julio de 1948, valor de sumas sin aplicación para el servicio de la deuda pública y utilidades en la compra de bonos en mercado abierto, según consignación verificada por el |
|---|---|
| Banco de la República de fecha 8 de julio | $ 34.537.07 |
| Oficio número 11117, del 8 de julio en curso, mayor valor del aporte en 1948 de los establecimientos | |
| bancarios para el sostenimiento de la Superintendencia del ramo | 74.913.82 |
| Oficio número 10741, del 2 de julio en curso, valor de las consignaciones que debe verificar la sociedad denominada Aerovías Nacionales de Colombia, S. A., para el sostenimiento de la Policía Fiscal de Aduanas en el aeropuerto de Soledad | 17.000.00 |
| Oficio número 11315, del 10 de julio en curso, mayor valor de la participación de petróleos, Tropical Oil Company | 266.059.74 |
| Oficio número 10788, del 2 de julio en curso, valor de los pagarés autorizados por el Decreto 2159 de 1948, para la continuación de las obras del malecón de Buenaventura | 3.000.000.00 |
| Oficio - número 11088, del 7 de julio en curso, valor del pagaré autorizado por el Decreto 2073 de 1940, para atender al pago de, una deuda al Departamento de Antioquia | 298.020.60 |
| Oficio número 11041, del 7 de julio en curso, valor de los pagarés en dólares expedidos a favor de la Compañía Telefónica Central, según contrato de fecha 21 de marzo de 1947 | 263.250.00 |
| Oficio número 11071, del 7 de julio en curso, mayor valor de los impuestos sobre pieles de ganado vacuno, según Decreto 1611 de 1948 | 355.329.00 |
| Oficio número 11089, del 7 de julio en curso, valor de los productos del muelle de cabotaje de Santa Marta, en el año de 1948 | 26.550.00 |
| Oficio número 11021, del 7 de julio en curso, valor de la consignación verificada por el Departamento | |
| del Valle con destino a la pavimentación de la carretera Palmira-Cartago | 400.000.00 |
| Total | $ 4.735.660.23 |
Y que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y expresado su concepto favorable a la apertura de unos créditos al Presupuesto vigente con respaldo en tal valor, según consta en el expediente levantado al efecto,
DECRETA:
Artículo 1° Con base en la suma de cuatro millones setecientos treinta y cinco mil seiscientos sesenta pesos con veintitrés centavos ($ 4.735.660.23) , proveniente del valor de los nuevos recursos físcales enumerados en los considerandos del presente Decreto, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE JUSTICIA
| Capítulo 27, artículo 183-A. Para reponer el automóvil al servicio del señor Presidente del Consejo de | Capítulo 27, artículo 183-A. Para reponer el automóvil al servicio del señor Presidente del Consejo de | Capítulo 27, artículo 183-A. Para reponer el automóvil al servicio del señor Presidente del Consejo de |
|---|---|---|
| Estado, destruido en los sucesos de abril, y para la adquisición de muebles, con destino a la misma entidad | $ 30.000.00 | |
| Capítulo 28, artículo 186. Para sueldos del personal de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo y sus Fiscalías, en el año | 4.537.07 | 34.537.07 |
| MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO | ||
| Capítulo 42, artículo 322, Para gastos de la Superintendencia Bancaria | $ 74.913.82 | |
| Capítulo 44, artículo 327. Para sueldos del personal de la Policía Fiscal de Aduanas, en el año | 17.000.00 | |
| Capitulo 47, artículo 375. Para pagar al Departamento de Santander el 50%, y al Municipio de Barrancabermeja el 5% de participación que les corresponde, según las Leyes 120 de 1919, y 1ª de 1925, sobre el producto de las regalías petrolíferas que percibe la Nación, de conformidad con el contrato sobre explotación de hidrocarburos celebrado con la Tropical Oil Company (Concesión de Mares) | 266.059.74 | |
| Capítulo 47, artículo 383-A. Para entregar al Consejo de los Ferrocarriles Nacionales, con destino a la ampliación del malecón de Buenaventura, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 2159 de 1948 | 3.000.000.00 | |
| Capítulo 47, artículo 383-B. Para entregar al Ferrocarril de Antioquia, con destino al pago de las obligaciones de la Nación, según contrato de 6 de octubre de 1944, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 2073 de 1948 | 298.020.60 | |
| Capítulo 47, artículo 383-C. Para entregar en pagarés a favor de la Compañía Telefónica Central, según contrato de fecha 21 de marzo de 1947, celebrado entre el Ministerio de Correos y Telégrafos y la mencionada Compañía, por medio del cual la Nación adquirió dicha empresa | 263.250.00 | 3.919.244.16 |
| MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA | ||
| Capítulo 55-C, artículo 508/137. Para pagar a la Sociedad Colombiana de Ganaderos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1698 de 1942 | $ 355.329.00 | $ 355.329.00 |
| MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | ||
| Capitulo 111, artículo 1967. Para atender a los gastos que demanden la administración y explotación del Puerto Terminal, Marítimo y Fluvial de | ||
| Cartagena, en el año | $ 11.550.00 | |
| Capítulo 111, artículo 1967-A. Para atender a los gastos que demande la administración del puerto de Santa Marta | 15.000.00 | |
| Capítulo 113, artículo 1990-G. Para continuar la pavimentación del sector de carretera Palmira-Cartago, en la Gran Troncal Occidental | 400.000.00 | 426.550.00 |
| Total | $ 4.735.660.23 |
Artículo 2° El Presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de julio de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
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