por medio del cual se aprueba el Acuerdo número 014 del 14 de junio de 1991 de la Junta Directiva del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena

Rango Decreto
Publicación 1991-11-01
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 74 y 99 del Decreto-ley 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número 014 del 14 de junio de 1991, emanado de la Junta Directiva del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, cuyo texto es el siguiente:

<<ACUERDO NUMERO 014 DE 1991

(Junio 14)

por el cual se modifica la Planta de Personal de Empleados Públicos del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena.

La Junta Directiva del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, en uso de sus facultades legales y estatutarias."

ACUERDA:

Artículo 1º Suprímense de la Planta de Personal de Empleados Públicos del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, los siguientes cargos:

N°. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
Subgerencia Subgerencia Subgerencia Subgerencia
1 Subgerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado 0043 01
División de Operaciones. División de Operaciones. División de Operaciones. División de Operaciones.
1 Jefe de División 2040 06
División Técnica. División Técnica. División Técnica. División Técnica.
1 Jefe de División 2040 06
Sección de Abastecimientos. Sección de Abastecimientos. Sección de Abastecimientos. Sección de Abastecimientos.
1 Almacenista 5080 13
1 Almacenista 5080 11
División Administrativa. División Administrativa. División Administrativa. División Administrativa.
1 Jefe de División 2040 06
Sección de Servicios Generales. Sección de Servicios Generales. Sección de Servicios Generales. Sección de Servicios Generales.
1 Almacenista 5080 13
División Financiera. División Financiera. División Financiera. División Financiera.
1 Jefe de División 2040 06
Sección de Pagaduría. Sección de Pagaduría. Sección de Pagaduría. Sección de Pagaduría.
1 Tesorero 5015 15
División Comercial. División Comercial. División Comercial. División Comercial.
1 Jefe de División 2040 06

Artículo 2º. Créanse en la Planta de Personal de Empleados Públicos del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena, los siguientes cargos:

N°. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
Subgerencia. Subgerencia. Subgerencia. Subgerencia.
1 Subgerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado 0043 02
División de Operaciones. División de Operaciones. División de Operaciones. División de Operaciones.
1 Jefe de División 2040 07
División Técnica. División Técnica. División Técnica. División Técnica.
1 Jefe de División 2040 07
Sección de Abastecimientos. Sección de Abastecimientos. Sección de Abastecimientos. Sección de Abastecimientos.
1 Almacenista 5080 15
1 Almacenista 5080 13
División Administrativa. División Administrativa. División Administrativa. División Administrativa.
1 Jefe de División 2040 07
Sección de Servicios Generales. Sección de Servicios Generales. Sección de Servicios Generales. Sección de Servicios Generales.
1 Almacenista 5080 15
División Financiera. División Financiera. División Financiera. División Financiera.
1 Jefe de División 2040 07
Sección de Pagaduría. Sección de Pagaduría. Sección de Pagaduría. Sección de Pagaduría.
1 Tesorero 5015 18
División Comercial. División Comercial. División Comercial. División Comercial.
1 Jefe de División 2040 07

Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, modifica las disposiciones que le sean contrarias, especialmente el Acuerdo número 018 del 23 de julio de 1986, deroga el Acuerdo número 034 del 9 de septiembre de 1988 y para su validez requiere de aprobación por decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D E., a 14 de junio de 1991.

El Ministro de Defensa Nacional

(Fdo.) General Oscar Botero Restrepo,

Presidente Junta Directiva.

El Secretario Junta Directiva,

(Fdo.) Coronel (r) Pastor Duarte Hernandez,

Subgerente Satena .

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 30 de octubre de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodriguez.

El Ministro de Defensa Nacional,

Rafael Pardo Rueda.

El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Carlos Humberto Isaza Rodriguez.

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