Por el cual se crean unos cargos en el Ministeriod e Obras Publicas. (ramo de carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1959-10-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto, créanse los siguientes cargos dependientes de la Zona de Carreteras Nacionales de Pamplona:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de septiembre de 1959.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Obras Públicas,

Virgilio Barco Vargas.

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