Por el cual se establece la planta de personal de Oficiales y Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional para el año de 1981
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 2º y 4º de los Decretos 609 y 613 de 1977, respectivamente,
DECRETA:
Artículo 1º La planta de personal de Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional, para la vigencia de 1981, será la siguiente:
A. Oficiales
| Mayor General | 2 |
|---|---|
| Brigadier General | 8 |
| Coronel | 50 |
| Teniente Coronel | 80 |
| Mayor | 80 |
| Capitán | 330 |
| Teniente | 580 |
| Subteniente | 570 |
| Alumnos Escuela de Formación de Oficiales | 600 |
B. Suboficiales
| Sargento Mayor | 105 |
|---|---|
| Sargento Primero | 160 |
| Sargento Viceprimero | 350 |
| Sargento Segundo | 1.160 |
| Cabo Primero | 1.900 |
| Cabo Segundo | 1.500 |
- C. Agentes
| Agentes del. Cuerpo Profesional | 40.000 |
|---|---|
| Agentes del Cuerpo Auxiliar | 10.000 |
| Agentes del Cuerpo Profesional Especial | 2.000 |
Artículo 2º La planta de Dragoneantes será igual al diez por ciento (10%) de la planta de Agentes que aparece en este Decreto.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de septiembre de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán.
El Ministro de Defensa Nacional,
General Luis Carlos Camacho Veyva.
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