por el cual se aumentan dos asignaciones y se rebaja una en el ramo de correos

Rango Decreto
Publicación 1911-03-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

considerando

Que la Agencia Postal de Cartagena tiene que atender un servicio considerable, y exige, por su importancia, consagración y esmero en su desempeño;

Que el sueldo que tiene asignado en la actualidad el Jefe de la Oficina nombrada no guarda poroporción con la magnitud de las funciones que del están adscritas ni con la responsabilidad que pesa bore él;

Que el Portero Escribiente de la Administración Principal de Correos de Bucaramanga, además de desempeñar las funciones correspondientes á este empleo, debe llenar otras de mayor importancia y de responsabilidad en la misma Oficina, y

Que por lo reducido del trabajo á que tiene que atender el Mensajero de correos entre Calamar y Cartagena, debe el Gobierno disminuir la asignación señalada á dicho empleado, de manera proporcional á su labores,

decreta :

Artículo 1.° Desde el día 1° de Abril próximo auméntase a ciento veinte pesos ($ 120), el sueldo mensual del Agente Postal de Cartagena.
Artículo 2.° Asímismo auméntase á veinte pesos ($ 20), á partir de la fecha citada, la asignación mensual del Portero Escribiente de la Administración Principal de Correos de Bucaramanga.
Artículo 3.° A contar del 1.° del mismo Abril, rebájase a cuarenta pesos ($ 40) el sueldo qe tiene asignado mensualmente el Mensajero de correos entre Calamar y Cartagena.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 9 de Marzo de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

jorge ROA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.