por el cual se confiere una condecoración de la Orden de Boyacá
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Corporación Colegio Nacional de Abogados (Conalbos) cumple veinte años de su fundación;
Que durante dos décadas la Corporación Colegio Nacional de Abogados ha cumplido una encomiable labor en el estudio, análisis y difusión de las ciencias jurídicas en nuestro país;
Que la Corporación Nacional de Abogados desarrolla una generosa tarea social por medio del auxilio mutuario, su afiliación al ISS y los servicios de consulta para las instituciones jurídicas,
DECRETA:
Artículo 1 ºConfiérese la Orden de Boyacá en el grado de Cruz de Plata a la Corporación Colegio Nacional de Abogados (Conalbos).
Artículo 2 ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníque se y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de octubre de 1984.
BELISARIO BETANCUR'
La Ministra de Relaciones Exteriores (E),
Laura Ochoa de Ardila.
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