por el cual se modifica el Decreto número 3150 del 8 de septiembre de 2005

Rango Decreto
Publicación 2008-07-09
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º. Modifícase el artículo 1º del Decreto número 3150 del 8 de septiembre de 2005, en el sentido de estipular que los dos contados se pagarán en junio y diciembre del respectivo año.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3150 de 2005.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 8 de julio de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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