por el cual se aprueba el Acuerdo número 004 de 21 de mayo de 1997, que modifica la estructura interna y la distribución de funciones dentro del Instituto Geografico Agustín Codazzi

Rango Decreto
Publicación 1997-10-09
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 2° del artículo 12 del Decreto 2113 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 004 del 21 de mayo de 1997, emanado de la Junta Directiva del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, cuyo contenido es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 004 DE 1997

(mayo 21)

por medio del cual se modifica la estructura interna y la distribución de funciones dentro del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

La Junta Directiva del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el numeral 2º del artículo 12 del Decreto 2113 de 1992,

ACUERDA:

Artículo 1º. Modificar el artículo 1º del Acuerdo número 21 del 18 de mayo de 1993, el cual quedará así:

Artículo 1º : El Instituto Geográfico Agustín Codazzi tendrá la siguiente estructura orgánica:

3.1 División de Recursos Humanos

3.2 División de Información y Mercadeo

9.1 División Administrativa

9.2 División Financiera

10.1 División de Geodesia

10.2 División de Fotogrametría

11.1 División de Reconocimiento y Clasificación de Suelos

11.2 División de Laboratorio de Suelos

12.1 División de Estudios Geográficos Básicos

12.2 División de Ordenamiento Territorial

13.1 División de Consolidación y Asesoría Catastral

13.2 División de Avalúos

Las direcciones regionales orientarán, coordinarán y supervisarán a las direcciones seccionales y éstas a su vez a las oficinas delegadas, salvo las excepciones que determine la Junta Directiva.

Artículo 2º. Modificar el artículo 4º del Acuerdo número 21 del 18 de mayo de 1993, el cual quedará así:

Artículo 4º : Secretaria General El objetivo de la Secretaría General es contribuir al cumplimiento de las funciones asignadas a los órganos de la dirección y administración del Instituto y asegurar el adecuado mercadeo, divulgación y comercialización de los bienes y servicios ofrecidos por la entidad.

Son funciones de la Secretaría General:

Artículo 3º. Modificar el artículo 5º del Acuerdo número 21 del 18 de mayo de 1993, el cual quedará así:

Artículo 5º. División de Información y Mercadeo. El objetivo de la División de Información y Mercadeo es responder por el desarrollo de las actividades asociadas con la comercialización, difusión y venta de los bienes y servicios producidos por el Instituto, así como la adecuada prestación de los servicios de divulgación y adecuado uso de la información que éste produce.

Son funciones de la División de Información y Mercadeo:

Artículo 4º. Adicionar el artículo 5A al Acuerdo número 21 del 18 de mayo de 1993, así:

Artículo 5A. División de Recursos Humanos. La División de Recursos Humanos responderá por la adecuada administración de los recursos humanos, la ejecución de programas de bienestar y capacitación que asegure y facilite el mejoramiento continuo y eficiente de las funciones de la entidad.

Son funciones de la División de Recursos Humanos:

Artículo 5º. Adicionar el artículo 12A al Acuerdo número 21 del 18 de mayo de 1993, cuyo texto es:

Artículo 12A. Subdirección administrativa y financiera. La Subdirección Administrativa y Financiera, responderá por la prestación de los servicios de apoyo a todas las áreas del Instituto mediante la administración de los recursos financieros y logísticos requeridos por el Instituto para su adecuada operación.

Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera:

Artículo 6°. Derogar el artículo 6º del Acuerdo 21 del 18 de mayo de 1993.

Artículo 7º. Adicionar el artículo 12B al Acuerdo 21 del 18 de mayo de 1993, cuyo texto es:

Artículo 12B. División administrativa. El objeto de la división administrativa, será responder por la prestación de los servicios de archivo y correspondencia, y el mantenimiento adecuado de las instalaciones y equipos y suministro de los elementos necesarios para apoyar la gestión de las áreas del Instituto.

Son funciones de la división administrativa:

Artículo 8º. Derogar el artículo 7º del Acuerdo 21 del 18 de mayo de 1993.

Artículo 9º. Adicionar el artículo 12C al Acuerdo 21 del 18 de mayo de 1993, cuyo texto es:

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