Por el cual se hacen unas modificaciones en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímese en la Oficina Central de Telégrafos de Bogotá la plaza de Auxiliar 3° desempeñada por el señor Luis Guillermo Solano, con sueldo mensual de $ 50.00.
Artículo 2° Con el sobrante producido por el artículo anterior, hácense las siguientes modificaciones al Decreto número 2392 de 1942:
- a) Restablécese la plaza de Telefonista en la Oficina Mixta de La Unión (Cundinamarca), y dispónese continúe sirviéndola, sin necesidad de nueva posesión, el señor Alberto Cárdenas, con sueldo mensual de $ 35.00.
- b) Fijase en $ 50.00 el sueldo mensual del Oficial de Recibo Telefonista de la Oficina Telegráfica de Zipaquirá, y nombrase para desempeñar ese puesto a Carmen Quintero.
El gasto que demande se imputará al Capítulo 76, Artículo 1162, del Presupuesto vigente.
Artículo 3° Este Decreto entrará en vigencia simultáneamente con el Decreto número 2392 de 1942.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de octubre de 1942.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
El Ministro de Correos y Telégrafos,
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