Por el cual se adiciona y modifica el Decreto 2168 de 1947, sobre fijación de partidas para los servicios de alimentación, lavado y peluquería para el personal de las Fuerzas Militares
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Fijanse las siguientes cantidades diarias para los servicios de alimentación, lavado y peluquería del personal de las reparticiones que a continuación se indican:
| a) Cadetes y Alféreces de la Base Aérea "Ernesto Samper", hasta | $1.50 |
|---|---|
| b) Compañías Terrestres de Aviación, hasta | 0.85 |
| c) Alumnos de la Base-Escuela de Clases Técnicas de Madrid, hasta | 0.85 |
| d) Personal del Ejército, Marina y Aviación en las Islas de San Andrés y Providencia, hasta | 0.90 |
| e) Armada Nacional, hasta | 0.85 |
Artículo 2º En los términos del artículo anterior queda adicionado el Decreto número 2168 de 1947 y modificados los puntos b) y ñ) del artículo 1º de la misma disposición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de julio de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Guerra,
Fabio LOZANO Y LOZANO
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