Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)
El Presidente de la República, de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones al el Presupuesto de Gastos vigente:
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Gastos de Administración, auxilios y otros.
CAPITULO 103
Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi" y Oficinas Seccionales de Catastro.
Instituto.
| 001. Del artículo 1034. Para sueldos del personal del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", en el año | $ | 50.000.00 |
|---|---|---|
| Suman los contracréditos | $ | 50.000.00 |
| CAPITULO 103 Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y Oficinas Seccionales de Catastro. Instituto. | CAPITULO 103 Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y Oficinas Seccionales de Catastro. Instituto. | CAPITULO 103 Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y Oficinas Seccionales de Catastro. Instituto. |
| 001. Al artículo 1036. Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la Administración, en la presente vigencia y anteriores | $ | 50.000.00 |
| Suman los créditos | $ | 50.000.00 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de octubre de 1956.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Morales Gómez.
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