Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)

Rango Decreto
Publicación 1956-10-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones al el Presupuesto de Gastos vigente:

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Gastos de Administración, auxilios y otros.

CAPITULO 103

Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi" y Oficinas Seccionales de Catastro.

Instituto.

001. Del artículo 1034. Para sueldos del personal del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", en el año $ 50.000.00
Suman los contracréditos $ 50.000.00
CAPITULO 103 Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y Oficinas Seccionales de Catastro. Instituto. CAPITULO 103 Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y Oficinas Seccionales de Catastro. Instituto. CAPITULO 103 Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y Oficinas Seccionales de Catastro. Instituto.
001. Al artículo 1036. Para pagar servicios a técnicos contratados para el desarrollo de actividades distintas a la Administración, en la presente vigencia y anteriores $ 50.000.00
Suman los créditos $ 50.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de octubre de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Morales Gómez.

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