por el cual se adopta la planta de personal provisional de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. El cumplimiento de las funciones iniciales de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios se ejercerá por la planta de personal provisional que se establece a continuación:
| No. DE CARGOS | DENOMINACION EMPLEO DESPACHO SUPERINTENDENTE | CODIGO | GRADO |
|---|---|---|---|
| 1 (Uno) | Superintendente | 0030 | 23 |
| 6 (Seis) | Asesor | 1020 | 12 |
| 2 (Dos) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 20 |
| 1 (Uno) | Conductor Mecánico | 5310 | 15 |
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 3 (Tres) | Superintendente Delegado | 0110 | 19 |
| 1 (Uno) | Secretario General de Superintendencia | 0037 | 19 |
| 6 (Seis) | Profesional Especializado | 3010 | 18 |
| 4(Cuatro) | Profesional Especializado | 3010 | 17 |
| 4(Cuatro) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 18 |
| 4(Cuatro) | Conductor Mecánico | 5310 | 11 |
| 3 (Tres) | Secretario | 5140 | 10 |
| 8 (Ocho) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 13 |
Artículo 2º. El Superintendente mediante resolución interna distribuirá los empleos de la Planta Global de que trata el artículo 1º del presente Decreto. de acuerdo con la estructura básica y las necesidades del servicio.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 8 de noviembre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Desarrollo Económico,
Rodrigo Marín Bernal.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya.
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