por el cual se adopta la planta de personal provisional de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

Rango Decreto
Publicación 1994-11-10
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º. El cumplimiento de las funciones iniciales de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios se ejercerá por la planta de personal provisional que se establece a continuación:
No. DE CARGOS DENOMINACION EMPLEO DESPACHO SUPERINTENDENTE CODIGO GRADO
1 (Uno) Superintendente 0030 23
6 (Seis) Asesor 1020 12
2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5040 20
1 (Uno) Conductor Mecánico 5310 15
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
3 (Tres) Superintendente Delegado 0110 19
1 (Uno) Secretario General de Superintendencia 0037 19
6 (Seis) Profesional Especializado 3010 18
4(Cuatro) Profesional Especializado 3010 17
4(Cuatro) Secretario Ejecutivo 5040 18
4(Cuatro) Conductor Mecánico 5310 11
3 (Tres) Secretario 5140 10
8 (Ocho) Auxiliar Administrativo 5120 13
Artículo 2º. El Superintendente mediante resolución interna distribuirá los empleos de la Planta Global de que trata el artículo 1º del presente Decreto. de acuerdo con la estructura básica y las necesidades del servicio.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 8 de noviembre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Guillermo Perry Rubio.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Rodrigo Marín Bernal.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

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