por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 2008-07-09
Estado Derogada
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará el día 11 de julio del presente año, a la ciudad de Santa Ana de Coro - Capital del Estado Falcón de la República Bolivariana de Venezuela, con el fin de asistir a una reunión con el Presidente de ese país señor Hugo Chávez Frías;

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro del Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Fabio Valencia Cossío, las funciones correspondientes a los siguientes asuntos:
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de julio de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

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