por el cual se establece la planta de personal provisional del Instituto Tecnológico de Soledad, Atlántico, ITSA
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1º. Créanse en la Planta de Personal Provisional del Instituto Tecnológico de Soledad, Atlántico, ITSA, los siguientes cargos:
| Nº de Cargos | Dependencia y Denominación del Empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DEL RECTOR | DESPACHO DEL RECTOR | DESPACHO DEL RECTOR | DESPACHO DEL RECTOR |
| 1 (Uno) | Rector de Institución Escuela Tecnológica | 52 | 13 |
| 1 (Uno) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 22 |
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 1 (Uno) | Secretario General de Escuela Tecnológica | 185 | 6 |
| 3 (Tres) | Asesor | 1020 | 7 |
| 2 (Dos) | Profesional Universitario | 3020 | 14 |
| 1 (Uno) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 22 |
| 1 (Uno) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 16 |
| 2 (Dos) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335 | 12 |
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Educación Nacional,
Germán Alberto Bula Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.
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