por el cual se modifica el Decreto 2502 de 1998 y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1999-12-17
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 10
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º. Suprímase de la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 2502 de 1998, las siguientes denominaciones:
Denominación del Empleo Código Grado
NIVEL EJECUTIVO NIVEL EJECUTIVO NIVEL EJECUTIVO
Coordinador de área 2110 27
26
25
24
23
22
21
20
19
18
17
16
Director de fábrica 2130 25
24
23
22
Rector de institución Técnica profesional 2155 16
14
12
10
Secretario General de Institución Técnica profesional 2160 11
9
7
5
3
Vicerrector de Institución Técnica Profesional 2210 14
12
10
9
Artículo 2º. Modifíquese la denominación del empleo Director Territorial, Código 0042 de la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 2502 de 1998, así:
Director o Gerente Territorial, Código 0042.
Artículo 3º. Adiciónase la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 2502 de 1998, así:
Denominación del Empleo Código Grado
Nivel Directivo
Director Administrativo y/o Financiero o Técnico 100 15
u operativo 14
Director de Superintendencia 105 20
Director de fábrica 116 15
14
13
12
11
Director o Gerente Territorial 42 9
8
7
Jefe de Oficina 137 10
9
Rector de Institución Técnica Profesional 151 5
4
3
2
Secretario General de Institución Técnica Profesional 161 3
2
1
Vicerrector de Institución Técnica Profesional 171 4
3
2
NIVEL ASESOR NIVEL ASESOR NIVEL ASESOR
Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones o de Prensa o de Jurídica o de Planeación 1045 8
7
Nivel profesional
Especialista Asesor Primero 3012
Especialista Asesor Segundo 3014
Especialista Jefe 3018
Nivel Técnico
Especialista primero 4012
Especialista segundo 4014
Especialista tercero 4016
Especialista cuarto 4018
Especialista quinto 4022
Especialista sexto 4024
Nivel Asistencial
Adjunto Jefe 5020
Adjunto Intendente 5022
Adjunto Mayor 5028
Adjunto Especial 5032
Adjunto Primero 5034
Adjunto Segundo 5036
Adjunto Tercero 5038
Adjunto Cuarto 5052
Adjunto Quinto 5054
Artículo 4º. Las denominaciones señaladas en los niveles profesional, técnico y asistencial en el artículo anterior, regirán para el personal civil que presta sus servicios en el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, sin perjuicio de lo establecido para estos servidores en los Decretos 1214 de 1990 y 62 de 1999.
Artículo 5º. Establécense, a partir de la vigencia de este decreto, las siguientes equivalencias para los empleos a que se refiere el artículo anterior, únicamente para lo relacionado con los requisitos de estudio y experiencia de que trata el Decreto 2503 de 1998 y sus normas reglamentarias, así:
DENOMINACION EMPLEOS CIVILES MINISTERIO DENFENSA, FUERZAS MILITARES Y POLICIA NACIONAL NIVEL Y GRADO DE SALARIAL DE REFERENCIA
Denominación
Especialista Asesor Primero Profesional 06
Especialista Asesor Segundo Profesional 05
Especialista Jefe Profesional 04
Especialista Primero Técnico 08
Especialista Segundo Técnico 07
Especialista Tercero Técnico 06
Especialista Cuarto Técnico 05
Especialista Quinto Técnico 04
Especialista Sexto Técnico 03
Adjunto Jefe Asistencial 12
Adjunto Intendente Asistencial 11
Adjunto Mayor Asistencial 10
Adjunto Especial Asistencial 09
Adjunto Primero Asistencial 08
Adjunto Segundo Asistencial 06
Adjunto Tercero Asistencial 05
Adjunto Cuarto Asistencial 02
Adjunto Quinto Asistencial 01
Artículo 6º. La asignación básica mensual para los empleos a que se refiere el artículo cuarto de este decreto, será la señalada en el artículo 11 del Decreto 062 del 8 de enero de 1999 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 7º. Adiciónase el complemento o Institución Tecnológica a las denominaciones de empleos que se relacionan a continuación:

Decano de Institución universitaria o de Escuela Tecnológica, Código 0160.

Rector de Institución Universitaria o de Escuela Tecnológica Código 0052

Secretario general de Institución Universitaria o de Escuela Tecnológica, Código 0185;

Vicerrector o Director Administrativo de Institución Universitaria o de Escuela Tecnológica, Código 0065.

Director de Centro o de Carrera o Jefe de Departamento de Institución Universitaria o de Escuela Tecnológica, Código 2140.

Artículo 8º. Establecese a partir de la vigencia del presente decreto, las siguientes equivalencias de empleos.
SITUACION ANTERIOR SITUACION ANTERIOR SITUACION ANTERIOR SITUACION NUEVA SITUACION NUEVA SITUACION NUEVA
Denominación Código Grado Denominación Código Grado
Auxiliar primero - - Adjunto Cuarto 5052
Auxiliar segundo - - Adjunto Quinto 5054
Artículo 9º. Las denominaciones de empleo que hayan sido suprimidas en virtud del presente decreto, continuarán vigentes en la plantas de personal de las entidades hasta tanto se modifiquen dichas plantas.
Artículo 10. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los Decretos 1214 de 1990 y 2502 de 1998.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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