Que adiciona el Decreto número 203, de 28 de enero de 1920
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo 1° Créase el empleo de Visitador Fiscal Revisor de cuentas del Ferrocarril del Sur, con las atribuciones que le fijará el Ministerio de Obras Públicas, por medio del Gerente de la Empresa.
Artículo 2° El empleado que desempeñe el referido puesto tendrá una asignación mensual de $ 70, y será nombrado por el Gerente del Ferrocarril, por Resolución que será sometida previamente a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de febrero de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro del Tesoro, encargado del Despacho de Obras Públicas, EstebanJARAMILLO.
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