por el cual se crea un cargo en el ramo de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1949-09-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que según lo dispuesto por la Ley 2ª de 1946, el Gobierno está llevando a cabo la construcción de varios edificios para oficinas de Correos y Telégrafos, entre los cuales se encuentra el de Magangué,

DECRETA:

Artículo único. Créase en la obra del edificio de Correos y Telégrafos de Magangué, dependiente de la Zona de Edificios Nacionales de Bolívar, el cargo de Ingeniero de Construcción, con asignación mensual de $ 650, la cual se pagará con los fondos destinados para la mencionada obra.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de agosto de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.

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