por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Justicia y del Derecho

Rango Decreto
Publicación 2002-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189 numeral 16 de la Constitución Política y con sujeción a lo previsto en el artículo 54 y demás normas pertinentes de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º.Reorganización. El Ministerio de Justicia y del Derecho tendrá la estructura interna y las funciones que se determinan en el presente decreto, sin perjuicio de las establecidas para los ministerios en las disposiciones legales vigentes.
Artículo 2º.Objetivos. El Ministerio de Justicia y del Derecho tendrá como objetivos primordiales:
Artículo 3º.Funciones. El Ministerio de Justicia y del Derecho tendrá, además de las funciones que determina el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:
Artículo 4º.Organización. La organización del Ministerio de Justicia y del Derecho será la siguiente:

CAPITULO II

Dependencias y funciones

Artículo 5ºDirección. La dirección del Ministerio de Justicia y del Derecho estará a cargo del Ministro, quien la ejercerá con la inmediata colaboración del Viceministro.
Artículo 6º.Funciones del Ministro de Justicia y del Derecho. Son funciones del Ministro de Justicia y del Derecho, además de las señaladas por la Constitución Política, las leyes y el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, las siguiente s:

Dirigir las funciones de administración del Ministerio, y distribuir los cargos de la planta de personal de acuerdo con la estructura, las necesidades, los planes y programas.

Artículo 7º.Funciones de la Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación las siguientes:
Artículo 8º.Funciones de la Oficina de Asuntos de Cooperación Internacional. Son funciones de la Oficina de Asuntos de Cooperación Internacional las siguientes:
Artículo 9º.Funciones de la Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, además de las señaladas en las leyes vigentes sobre la materia, las siguientes:
Artículo 10.Funciones del Viceministro de Justicia y del Derecho. Son funciones del Viceministro de Justicia y del Derecho, además de las establecidas en el artículo 62 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:
Artículo 11. Funciones de la Secretaria General. Son funciones de la Secretaria General las siguientes:
Artículo 12.Funciones de la Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica las siguientes:
Artículo 13.Funciones de la Dirección de Acceso a la Justicia. Son funciones de la Dirección de Acceso a la Justicia las siguientes:

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