Por el cual se modifican los Decretos 2263 y 2337 de 1956

Rango Decreto
Publicación 1956-10-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo primero. A partir del diez y seis (16) de octubre del año en curso, fíjanse las siguientes asignaciones mensuales para los cargos del Instituto de Medicina Legal que a continuación se indican:
Oficial Archivero $ 450.00
Oficial Ayudante del Laboratorio Forense 370. 00
Ayudante del Laboratorio de Hematología 450.00
Artículo segundo. Aclárase el Decreto número 2337 de 1956, en el sentido de expresar que el sueldo asignado a los dos Asistentes Disectores del Instituto Central de Medicina Legal, es de $ 400.00 mensuales a cada uno o sea que la suma de $ 800.000.00 que allí figura, es la mensual para los dos Disectores, y no para cada uno.
Artículo tercero. El Ayudante de Archivo del Departamento de Presupuesto del Ministerio de Justicia, pasará con la misma denominación y asignación mensual al Departamento de Personal del mismo Ministerio.
Artículo cuarto. En los términos anteriores quedan modificados los Decretos 2263 y 2337 de 1956.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 15 de octubre de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Justicia,

Luís Carlos Giraldo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Morales Gómez.

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