por el cual se efectua un ajuste en el Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 1999

Rango Decreto
Publicación 1999-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 482 de 1998 por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1999, el cual se liquidó por medio del Decreto 2354 de 1998;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que de conformidad con el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional, mediante Decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas globales por funcionamiento, inversión y servicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de la República;

Las funciones que venía cumpliendo el Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal y el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal-Fondelibertad en desarrollo de la Ley 282 de 1996, son asumidas por el Ministerio de Justicia y del Derecho conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto 1890 de 1999;

Que el Jefe de Presupuesto del Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal-Fondelibertad, certifica que existe disponibilidad presupuestal libre de afectación en la Sección 0201- 01 así: Cuenta 1 Gastos de Personal por valor de $982.116.158, Cuenta 2 Gastos Generales por valor de $2.929.418.046.07,

DECRETA:

Artículo 1º. Contracredítase el presupuesto de gastos de la Presidencia de la República-Gestión General, en la suma de tres mil novecientos once millones quinientos treinta y cuatro mil doscientos cuatro pesos con siete centavos ($3.911.534.204.07) para la vigencia fiscal de 1999 en los rubros y cuantías que a continuación se relacionan.

CONTRACREDITO

SECCION 0201

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

UNIDAD 0201 01

Gestión General

Cta. Subc. Objg. Ord. Rec. Concepto Valor
1 Gastos de Personal 982.116.158.00
1 0 2 Servicios personales indirectos 982.116.158.00
1 0 2 2 Servicios personales indirectos 982.116.158.00
Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal
10 Recursos Corrientes 225.155.498.00
11 Otros Recursos del Tesoro 756.960.660.00
2 Gastos Generales 2.929.418.046.07
2 0 1 Adquisición de bienes 261.726.198.00
2 0 1 2 Adquisición de bienes 261.726.198.00
Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal
10 Recursos Corrientes 209.810.198.00
11 Otros Recursos del Tesoro 51.916.000.00
2 0 2 Adquisición de servicios 2.630.794.980.07
2 0 2 2 Adquisición de servicios 2.630.794.980.07
Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal
10 Recursos Corrientes 2.170.194.980.07
11 Otros Recursos del Tesoro 460.600.000.00
2 0 3 Impuestos y multas 36.896.868.00
2 0 3 3 Impuestos y multas 36.896.868.00
Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal
10 Recursos Corrientes 36.896.868.00
TOTAL CONTRACREDITOS 3.911.534.204.07
Artículo 2º. Con base en los contracréditos del artículo anterior, acredítense los gastos del Ministerio de Justicia y del Derecho-Gestión General, en la suma de tres mil novecientos once millones quinientos treinta y cuatro mil doscientos cuatro pesos con siete centavos ($3.911.534.204.07).

CREDITO

SECCION 1201 - 01

Ministerio de Justicia y del Derecho

UNIDAD 1201-01

Gestión General

Cta. Subc. Objg. Ord. Rec. Concepto Valor
1 Gastos de Personal 982.116.158.00
1 0 2 Servicios personales indirectos 982.116.158.00
1 0 2 2 Servicios personales indirectos 982.116.158.00
Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal
10 Recursos Corrientes 225.155.498.00
11 Otros Recursos del Tesoro 756.960.660.00
2 Gastos Generales 2.929.418.046.07
2 0 1 Adquisición de bienes 261.726.198.00
2 0 1 2 Adquisición de bienes 261.726.198.00
Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal
10 Recursos Corrientes 209.810.198.00
11 Otros Recursos del Tesoro 51.916.000.00
2 0 2 Adquisición de servicios 2.630.794.980.07
2 0 2 2 Adquisición de servicios 2.630.794.980.07
Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal
10 Recursos Corrientes 2.170.194.980.07
11 Otros Recursos del Tesoro 460.600.000.00
2 0 3 Impuestos y multas 36.896.868.00
2 0 3 3 Impuestos y multas 36.896.868.00
Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal
10 Recursos Corrientes 36.896.868.00
TOTAL CREDITOS 3.911.534.204.07
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

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