Por el cual se traslada una partida en el presupuesto de la vigencia en curso
El Presidente da la República de Colombia,
n uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que con fecha de los corrientes el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público se dirigió al honorable Consejo de Ministros, solicitando el traslado de la suma de diez mil pesos ($ 10,000), dentro del capítulo 32 y del artículo378 al 396 del Presupuesto vigente y,
Que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 21 del presente, aprobó la siguiente proposición:
El Consejo de Ministros aprueba el traslado solicitado por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, del artículo 378 al 396 del capítulo 32 del Presupuesto vigente, por la suma de $ 10,000,
DECRETA:
Artículo único. Trasládase dentro del capítulo 32 del Presupuesto de la actual vigencia, del artículo 378 al 396, la suma de diez mil pesos ($ 10,000).
Publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de diciembre de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Esteban JARAMILLO.
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