por el cual se adicionan los Decretos número 596, 1414, 2108 y 2262 de marzo 16, junio 3, agosto 9 y 23, del presente año, respectivamente, y se distribuyen unas apropiaciones

Rango Decreto
Publicación 1965-10-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los siguientes proyectos correspondientes al Capítulo 1192, artículo 11913 -Recursos del Crédito Externo- del Presupuesto vigente, así:
Proyecto 1. Para estudios de carreteras nacionales $ .7.500.000.00
Proyecto 4. Carretera Bogotá-Girardot 1.500.000.00
Artículo 2° De la partida apropiada en el Capítulo 1192, artículo 11913, del Presupuesto vigente, "para construcción de carreteras, según distribución que hará el Gobierno, de acuerdo con el contrato con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento", hácese la siguiente distribución:
Proyecto 10. Carretera Popayán-Cali $ 6.000.000.00
Proyecto 11. Carretera Sincelejo-Planetarrica-Tarazá 1 000.000.00
Proyecto 12. Carretera Medellín-Tarazá 1.500.000.00
Total $ 17.500.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de septiembre de 1965.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Joaquín Vallejo Arbeláez.- El Ministro de Obras Públicas, Tomás Castrillón Muñoz.

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