Por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos

Rango Decreto
Publicación 1969-02-03
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA.

Artículo 1º. La Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos estudiará los asuntos de su competencia en coordinación con los Consejeros Especiales del Presidente de la República, encargados de asistirlo en el análisis de los problemas relacionados con las tarifas de los servicios públicos.
Artículo 2º. Las decisiones de la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos requerirán la previa aprobación del Consejo Nacional de Política Económica y Social.
Artículo 3º. Mientras se proveen los nombramientos respectivos, encárganse del empleo de miembros de la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos, a los doctores Antonio Barrera, Julio Mendoza, y Omar Botero, Jefes de Unidad del Departamento Nacional de Planeación.
Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, Edgar Gutiérrez Castro.

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