Por el cual se fija la denominación de una columna de la primera División i se hacen nombramientos
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
Decreta :
Art. 1.º La columna de la primera División, creada por los artículos 6.° i 7.º del Decreto ejecutivo de 10 de los corrientes, "número 240," por el cual se organiza la fuerza pública para el servicio de paz que principia el primero de setiembre de 1874, se denominará "Columna del Atlántico."
Art. 2. º Por ahora desempeñará las funciones de Comandante de la columna mencionada en el artículo anterior, el Coronel Jefe del Batallón "Ayacucho," número 11.º
Art. 3. º Nómbrase a Serjio Olivares, para Capitan ayudante de la Comandancia de la "Columna del Atlántico."
Comuníquese.
Dado en Bogotá, a 13 de julio de 1874.
El Presidente de la Union,
S. PÉREZ.
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,
Nicolas Esguerra.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.