Por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 1 del 26 de noviembre de 1980, expedido por el Consejo Intendencial de Caquetá, relativo a la expedición del Presupuesto de Rentas y Gastos de la Intendencia para la vigencia fiscal de 1981
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 6° de la Constitución y el artículo 9° del Decreto 1926 de 1976, parágrafo único,
DECRETA:
Artículo primero. Apruébase con modificaciones el Acuerdo número 1 del 26 de noviembre de 1980, expedido por el Consejo Intendencial del Caquetá, relativo a la determinación del Presupuesto de Rentas y Gastos de la Intendencia, para el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
«ACUERDO NUMERO 1 DE 1980
(noviembre 26)
por el cual se fija el Presupuesto de Rentas y Gastos de la Intendencia Nacional del Caquetá, para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).
El Consejo Intendencial del Caquetá, en uso de sus facultades legales,
ACUERDA:
Artículo primero. Fíjanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro Intendencial del Caquetá para la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos ochenta y uno (1981), en la cantidad de doscientos tres millones ochocientos noventa y cinco mil cuatrocientos pesos ($ 203.895.400.00), según los siguientes pormenores:
PRIMERA PARTE
Presupuesto de Rentas e Ingresos
| CAPITULO I | CAPITULO I | CAPITULO I | CAPITULO I | CAPITULO I |
|---|---|---|---|---|
| Ingresos corrientes | Ingresos corrientes | Ingresos corrientes | 203.894.600 | |
| Ingresos tributarios | Ingresos tributarios | 100.609.200 | ||
| A. | Impuestos directos | 2.330.000 | ||
| 01 Registro y anotación | 2.270.000 | |||
| 02 Circulación y Tránsito | 60.000 | |||
| B. | Impuestos indirectos | 98.279.200 | ||
| 05 Tabaco y cigarrillos nacionales | 54.000.000 | |||
| 06 Cervezas | 37.657.986 | |||
| 07 Degüello | 130.000 | |||
| 08 Gasolina | 200.000 | |||
| 09 Cigarrillos extranjeros | 4.891.214 | |||
| 13 Billetes, rifas y apuestas | 1.200.000 | |||
| 14 Timbres y estampillas | 200.000 | |||
| Ingresos no tributarios | Ingresos no tributarios | 103.285.400 | ||
| A. | Tasas y ventas de servicios | 13.000.000 | ||
| 19 Planta telefónica | 13.000.000 | |||
| B. | Rentas ocasionales | 285.000 | ||
| 25 Multas y reintegros | 180.000 | |||
| 27 Aprovechamientos | 5.000 | |||
| 28 Venta de formularios y placas | 100.000 | |||
| C. | Rentas contractuales | 60.000.100 | ||
| 33 Impuesto consumo licores | 60.000.000 | |||
| 34 Explotación de materiales y minerales | 100 | |||
| D. | Aportes auxilios y participaciones | 30.000.300 | ||
| 37 Cánones superficiarios de arrendamientos | 100 | |||
| 38 Participación regalías petrolíferas | 100 | |||
| 39 Cuenta de estabilización precios derivados del petróleo, electrificadoras | 30.000.000 | |||
| 43 Transferencias DAINCO para inversión | 50 | |||
| 44 Participación Impoventas | 50 | |||
| CAPITULO II | CAPITULO II | |||
| Recursos de Capital | Recursos de Capital | Recursos de Capital | 800 | |
| Recursos del Balance del Tesoro | Recursos del Balance del Tesoro | 800 | ||
| A. | Saldo de vigencias expiradas | 300 | ||
| 51 Fondos comunes | 100 | |||
| 52 Auxilios especiales | 100 | |||
| 53 Superávit | 100 | |||
| B. | Recursos del crédito | 200 | ||
| 56 Interno | 100 | |||
| 57 Externo | 100 | |||
| C. | Venta de activos | 300 | ||
| 60 Bienes raíces | 100 | |||
| 61 Semovientes | 100 | |||
| 62 Maquinaria | 100 | |||
| Total Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital | Total Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital | 203.895.400 |
SEGUNDA PARTE
Presupuesto de Gastos.
Artículo segundo. Aprópiase, para atender los gastos de la Intendencia Nacional del Caquetá durante la vigencia fiscal comprendida entre el primero (1°) de enero y el treinta y uno (31) de diciembre de 1981, una suma igual a la del cálculo de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro Intendencia, determinada en el artículo anterior por valor de doscientos tres millones ochocientos noventa y cinco mil cuatrocientos pesos ($ 203.805.400.00) moneda corriente, distribuida, así:
CAPITULO III
Gastos de Funcionamiento
Resumen de Gastos de Funcionamiento.
| A. Servicios personales | $ 78.036.300 |
|---|---|
| B. Gastos Generales | 12.810.000 |
| C. Transferencias | 50.822.186 |
| D. Servicio de la deuda | 5.108.380 |
| Total | $ 146.776.866 |
| Consejo Intendencial. | Consejo Intendencial. |
| --- | --- |
| A. | Servicios personales |
| 1 Dietas | |
| 2 Sueldos | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de navidad | |
| B. | Gastos Generales |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 21 Impresos y publicaciones | |
| Total Consejo Intendencial | |
| Despacho Intendencial. | Despacho Intendencial. |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 5 Honorarios | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| 24 Gastos especiales | |
| Total Despacho Intendencial | |
| Secretaría de Gobierno | Secretaría de Gobierno |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de navidad | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y seguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 20-1 Compra combustible Acción Comunal | |
| C. | Transferencias |
| 33 Raciones y traslado de presos | |
| 35 Gastos protección indígenas | |
| 36 Gastos servicio Policía | |
| 39 Calamidad pública | |
| 40 Auxilio especial DAS | |
| 94 Orden público | |
| 94-1 Inspecciones de Policía | |
| Total Secretaría de Gobierno | Total Secretaría de Gobierno |
| Secretaría de Hacienda. | Secretaría de Hacienda. |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldo personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 5 Honorarios | |
| 6 Prima de Navidad | |
| 7 Prima técnica | |
| 8 Vacaciones remuneradas | |
| 9 Indemnización por entrega de oficinas | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| 13 Indemnización por despido | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y aseguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 18 Servicios de comunicación | |
| 19 Servicios públicos | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 20-1 Compra combustible y lubricantes | |
| 21 Impresos y publicaciones | |
| 22 Arrendamientos | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| 26 Reintegro póliza de manejo | |
| C. | Transferencias |
| 30 Giros a municipios y corregimientos por participación en rentas 30% | |
| 31 Aporte a Caja de Previsión Social Intendencial 8% servicios personales | |
| 32 Aporte Caja Compensación Familiar (Subsidio familiar) | |
| 31-1 Aporte Caja de Previsión Social Jubilaciones | |
| 34 Pago pensiones manicomios y asilos | |
| 38 Aguinaldo del niño pobre | |
| 41 Aporte SENA | |
| 42 Celebración Día del Campesino | |
| 44 Aporte DAINCO, para programa gestión delegada agentes fiscales | |
| 49 Capacitación empleados | |
| 50 Alimentos PINA | |
| 52 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 2% nómina empleados | |
| 53 Auxilio Radio Operador DAINCO | |
| 54 Cesantías | |
| 58 Aporte ESAP y escuelas industriales | |
| 59 Reintegro Telecom 65% | |
| 60 Auxilio sindicato de trabajadores intendenciales | |
| 61 Auxilio ancianato | |
| 62 Auxilio orfanato Santuario | |
| 63 Auxilio amparo de niños | |
| 64 Auxilio Centro Piloto | |
| 65 Dotación obreros de planilla | |
| 66 Auxilio Servicio Seccional de Salud | |
| 67 Fondo de Electrificación Rural | |
| 68 Gastos Pro Departamentalización | |
| 69 Préstamo estudiantes, contrato Intendencia ICETEX | |
| 70 Aporte Corporación de Ferias y Mataderos | |
| 71 Auxilio sindicato trabajadores de la construcción Florencia | |
| 72 Auxilio Central Nacional Provivienda, Centro Provivienda número 1 | |
| 73 Auxilio Sindicato de Pequeños Propietarios Agrícolas, SIMPEPROAGRICA | |
| 74 Auxilio Sindicato de Trabajadores Agrícolas, SINDIAGRO, organización sede y equipo de oficina | |
| 75 Auxilio Sindicato de Loteros de Florencia, SILOCA | |
| 76 Auxilio Cuerpo de Bomberos de Florencia | |
| 77 Programa recreación empleados intendenciales, continuación programa | |
| 77-1. Auxilio Unión de Mujeres Democráticas de Florencia | |
| D. | Servicio de la deuda |
| 95 Bancos | |
| 96 Deuda COINCO, intereses y amortización | |
| 97 Deuda de vigencias expiradas | |
| 98 Amortización deuda Caja de Previsión Intendencial | |
| 99 Instituto de Fomento Municipal, INSPOPAL | |
| Total Secretaría de Hacienda | Total Secretaría de Hacienda |
| Secretaría de Obras Públicas | Secretaría de Obras Públicas |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos | |
| 3 Gastos de representación | |
| 4 Jornales | |
| 6 Prima de Navidad empleados y obreros | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones empleados y obreros | |
| 11 Prima semestral empleados y obreros | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y seguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| 23 Gastos varios e imprevistos | |
| Total Secretaría de Obras Públicas | |
| Secretaría de Educación | Secretaría de Educación |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 6 Prima de navidad | |
| 10 Prima de vacaciones | |
| 11 Prima semestral | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y seguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| C. | Transferencias |
| 78 Becas auxilios estudiantes | |
| 79 Aporte Universidad Surcolombiana | |
| 80 Aporte FER programa mapa educativo | |
| 81 Auxilio Colegio Normal Nacional Florencia | |
| 82 Auxilio Agrotécnico mixto Belén | |
| 83 Auxilio Colegio Nacional Femenino | |
| 84 Aporte CEP | |
| 85 Auxilio Colegio Agrotécnico José Acevedo y Gómez, Puerto Rico | |
| 86 Auxilio Colegio Marco Fidel Suárez Doncello | |
| 87 Auxilio Centro Cultural Nocturno Juan XXIII de Florencia | |
| 88 Auxilio Colegio Comercial, Cartagena del Chairá | |
| 89 Aporte mantenimiento restaurantes escolares | |
| 90 Auxilio Club Deportivo Wancas, Municipio de Paujil | |
| 91 Auxilio Colegio San Carlos, Corregimiento de Albania (Becas) | |
| 92 Auxilio Club Las Camelia para construcción de la Casa de la Cultura de Paujil | |
| 93 Auxilio Colegio Nuestra Señora de las Mercedes, compra de instrumentos para la tuna de Paujil | |
| 93-1 Auxilio Instituto Ciudad Florencia | |
| 93-2 Auxilio Colegio Migani, Florencia | |
| 93-3 Auxilio Colegio Caquetá, Florencia | |
| 93-4 Auxilio Colegio Gimnasio Moderno | |
| 93-5 Auxilio Colegio Parroquial de San José del Fragua | |
| 93-6 Auxilio Club Deportivo J. H. Clavijo | |
| 93-7 Auxilio Club Deportivo Cristacril, gastos varios, Florencia | |
| 93-8 Grabación Himno al Caquetá y otros artistas nacionales | |
| Total Secretaría de Educación | Total Secretaría de Educación |
| Secretaría de Agricultura | Secretaría de Agricultura |
| Ganadería y Recursos Naturales. | Ganadería y Recursos Naturales. |
| A. | Servicios personales |
| 2 Sueldos personal de nómina | |
| 3 Gastos de representación | |
| 4 Jornales | |
| 6 Prima de Navidad empleados y obreros | |
| 7 Prima técnica | |
| 10 Prima de vacaciones empleados y obreros | |
| 11 Prima semestral empleados y obreros | |
| B. | Gastos generales |
| 15 Mantenimiento y seguros | |
| 16 Compra de equipo | |
| 17 Viáticos y gastos de viaje | |
| 20 Materiales y suministros | |
| Total Secretaría de Agricultura |
CAPITULO IV
Gastos de Inversión
PROGRAMA I
Obras Públicas.
| Unidad Ejecutora: Secretaría de Obras Públicas | Unidad Ejecutora: Secretaría de Obras Públicas | $ 54.318.534 | ||
|---|---|---|---|---|
| Inversión Directa. | Inversión Directa. | 25.237.446 | ||
| Subprograma 101. Construcción carreteras y calles | Subprograma 101. Construcción carreteras y calles | 2.400.000 | ||
| Proyectos | Proyectos | Proyectos | Proyectos | Proyectos |
| 1 Norcacia Alto Pará - San Pedro | $ 800.000 | |||
| 2 Belén - Aletones | 800.000 | |||
| 3 San Vicente - Gibraltar | 800.000 | |||
| Subprograma 102. Conservación carreteras y calles | Subprograma 102. Conservación carreteras y calles | 1.870.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Vía La Mono - Carretera Sánchez | 200.000 | |||
| 2 Doncello - La Granada - La Ceiba | 200.000 | |||
| 3 La Viciosa - El Venado | 200.000 | |||
| 4 Campucana San José -Canelos | 200.000 | |||
| 5 Varias en el territorio | 1.070.000 | |||
| Subprograma 103. Pavimentación | Subprograma 103. Pavimentación | 800.000 | ||
| Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto |
| 1 Varias en el territorio | 800.000 | |||
| Subprograma 104. Construcción puentes | Subprograma 104. Construcción puentes | 2.050.000 | ||
| Proyectos | Proyectos | Proyectos | Proyectos | Proyectos |
| 1 Quebrada La Tortuga - Vía Portal La Mono | 200.000 | |||
| 2 Quebrada Inspección La Mono | 150.000 | |||
| 3 Puente vía San Martín sobre quebrada Muchilero | 200.000 | |||
| 4 Varios en el territorio | 1.500.000 | |||
| Subprograma 105. Conservación de puentes | Subprograma 105. Conservación de puentes | 1.400.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Puente quebrada El Venado | 200.000 | |||
| 2 Varios en el territorio | 1.200.000 | |||
| Subprograma 106. Conservación aeropuertos | Subprograma 106. Conservación aeropuertos | 300.000 | ||
| Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto |
| Varios en el territorio | 300.000 | |||
| Subprograma 108. Construcción edificios públicos | Subprograma 108. Construcción edificios públicos | 1.467.446 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Casa Inspeccional Santa Ana, Las Hermosas | 100.000 | |||
| 2 Casa Inspeccional Río Negro | 100.000 | |||
| 3 Casa lnspeccional San Atonio de Getuchá | 100.000 | |||
| 4 Casa Inspeccional Puerto Torres | 50.000 | |||
| 5 Casa Inspeccional Maracaibo | 100.000 | |||
| 6 Casa Inspeccional Ciudad Yarí | 137.446 | |||
| 7 Casa Inspeccional Los Angeles | 50.000 | |||
| 8 Casa Inspeccional Aletones | 50.000 | |||
| 9 Casa Inspeccional El Portal | 100.000 | |||
| 10 Santiago de la Selva | 100.000 | |||
| 11 El Dorado | 100.000 | |||
| 12 Casa Inspeccional Balsillas | 100.000 | |||
| 13 Casa Inspeccional El Recreo | 100.000 | |||
| 14 Casa Inspeccional Yurayaco | 100.000 | |||
| 15 Casa Inspeccional San José | 80.000 | |||
| 16 Casa Inspeccional La Unión Penella | 100.000 | |||
| Subprograma 109. Reparación, remodelación edificios públicos | Subprograma 109. Reparación, remodelación edificios públicos | 3.500.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Palacio Intendencial | 500.000 | |||
| 2 Escuelas Urbanas | 1.500.000 | |||
| 3 Escuelas Rurales | 1.500.000 | |||
| Subprograma 110. Construcción terminación y remodelación plazas de mercado | Subprograma 110. Construcción terminación y remodelación plazas de mercado | 750.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Albania | 100.000 | |||
| 2 San José | 100.000 | |||
| 3 Curillo | 150.000 | |||
| 4 Yurayaco | 150.000 | |||
| 5 Valparaíso | 100.000 | |||
| 6 Paujil | 150.000 | |||
| Subprograma 112. Construcción terminación plaza de ferias | Subprograma 112. Construcción terminación plaza de ferias | 700.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Varias en el territorio | 500.000 | |||
| 2 Puerto Rico | 200.000 | |||
| Subprograma 114. Construcción, remodelación mataderos | Subprograma 114. Construcción, remodelación mataderos | 400.000 | ||
| Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto |
| 1 Varios en el territorio | 400.000 | |||
| Subprograma 119. Remodelación y reparación cárceles | Subprograma 119. Remodelación y reparación cárceles | 800.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Solano | 200.000 | |||
| 2 Milán | 100.000 | |||
| 3 Albania | 200.000 | |||
| 4 San José | 100.000 | |||
| 5 San Vicente | 200.000 | |||
| Subprograma 122. Otras construcciones de obras públicas | Subprograma 122. Otras construcciones de obras públicas | 700.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Construcción oficinas bodegas almacén intendencial | 500.000 | |||
| 2 Alcantarillado Valparaíso | 170.000 | |||
| 3 Zona verde barrio La Estrella | 30.000 | |||
| Subprograma 125. Adquisición plantas , eléctricas y equipo | Subprograma 125. Adquisición plantas , eléctricas y equipo | 1.000.000 | ||
| Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto | Proyecto |
| 1 Varios en el territorio | 1.000.000 | |||
| Subprograma 127. Reparación y mantenimiento equipos eléctricos | Subprograma 127. Reparación y mantenimiento equipos eléctricos | 1.800.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Varios en el territorio | 1.800.000 | |||
| Subprograma 129. Ampliación planta telefónica | Subprograma 129. Ampliación planta telefónica | 700.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Planta telefónica Florencia | 700.000 | |||
| Subprograma 130. Reparación y mantenimiento plantas y equipos telefónicos | Subprograma 130. Reparación y mantenimiento plantas y equipos telefónicos | 300.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Planta telefónica y equipo Florencia | 300.000 | |||
| Subprograma 134. Construcción obras defensas ríos | Subprograma 134. Construcción obras defensas ríos | 300.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Río Fragua - Chorroso Puente Londoño | 150.000 | |||
| 2 Río Hacha | 150.000 | |||
| Subprograma. 136. Construcción y reparación de muelles | Subprograma. 136. Construcción y reparación de muelles | 500.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Varios en el territorio | 400.000 | |||
| 2 SoIano | 100.000 | |||
| Subprograma 139. Compra equipo de obras públicas | Subprograma 139. Compra equipo de obras públicas | 2.500.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Adquisición vehículos | 800.000 | |||
| 2 Adquisición repuestos maquinaria pesada | 1.500.000 | |||
| 3 Adquisición equipos talleres | 200.000 | |||
| Subprograma: 147. Construcción y arreglo caminos veredales | Subprograma: 147. Construcción y arreglo caminos veredales | 1.000.000 | ||
| Proyecto., | Proyecto., | Proyecto., | Proyecto., | Proyecto., |
| 1 Varios en el territorio | 1.000.000 | |||
| Inversión indirecta | Inversión indirecta | 29.081.088 | ||
| Subprograma 150. Aportes .y auxilios para Fondo de Obras Públicas Municipales y corregimentales participación rentas 70% | Subprograma 150. Aportes .y auxilios para Fondo de Obras Públicas Municipales y corregimentales participación rentas 70% | 22.201.088 | ||
| Subprograma 153. Compra certificados de aportación COINCO | Subprograma 153. Compra certificados de aportación COINCO | 150.000 | ||
| Subprograma 154. Otros aportes y auxilios | Subprograma 154. Otros aportes y auxilios | 6.730.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Junta de Acción Comunal vereda San José obras varias | 50.000 | |||
| 2 INAS para construcción acueducto para la Inspección de Policía de Versalles | 50.000 | |||
| 3 Junta de Acción Comunal Venecia, Municipio de Florencia, para obras varias | 20.000 | |||
| 4 Junta de Acción Comunal Las Acacias, El Triunfo, obras varias | 20.000 | |||
| 5 Auxilio Cooperativa Comunal Tres Esquinas, San Vicente, para obras varias | 20.000 | |||
| 6 Junta de Acción Comunal Inspección de Policía La Unión, Penella, obras varias | 50.000 | |||
| 7 Junta de Acción Comunal Albania, para carreteable Albania - San Isidro | 100.000 | |||
| 8 Junta de Acción Comunal Central de Albania, para construcción parque | 100.000 | |||
| 9 Junta de Acción Comunal San José, para arreglo carreteable San José-Las Delicias | 50.000 | |||
| 10 Junta de Acción Comunal Inspección Santiago de la Selva, para puesto de salud | 50.000 | |||
| 11 Junta de Acción Comunal Belén, electrificación vereda El Salado | 50.000 | |||
| 12 Junta de Acción Comunal vereda El Paraíso, Florencia, para obras varias | 50.000 | |||
| 13 Junta de Acción Comunal vereda El Diamante, Florencia, para obras varias | 50.000 | |||
| 14 Junta de Acción Comunal vereda Los Laureles - El Doncello, para obras varias | 50.000 | |||
| 15 Junta de Acción Comunal barrio Simón Bolívar, El Doncello, para pavimentación calle 3ª y calle 2ª | 50.000 | |||
| 16 Junta de Acción Comunal Central de San José, para la hidroeléctrica | 50.000 | |||
| 17 Junta de Acción Comunal Yurayaco, para obras varias | 50.000 | |||
| 18 Junta de Acción Comunal Inspección La Fragüita, para obras varias | 70.000 | |||
| 19 Junta de Acción Comunal, vereda Betania Bajo, para carreteable Betania Bajo al kilómetro 24, vía Valparaíso | 100.000 | |||
| 20 Junta de Acción Comunal vereda Jordán Alto, arreglo caminos | 30.000 | |||
| 21 Junta de Acción Comunal Belén, compra de transformador | 50.000 | |||
| 22 Junta de Acción Comunal Puerto Torres, arreglo de calles | 30.000 | |||
| 23 Junta de Acción Comunal Pueblitos, carreteable pueblitos - Belén | 100.000 | |||
| 24 Junta de Acción Comunal de La Mosaya, carreteable La Mosaya - Agua Dulce - Belén. | 80.000 | |||
| 25 Junta de Acción Comunal El Carbón, Belén; construcción matadero | 40.000 | |||
| 26 Junta de Acción Comunal vereda El Lobo, Puerto Rico, construcción puente | 30.000 | |||
| 27 Junta de Acción Comunal Puerto Losada San Vicente puesto de salud | 30.000 | |||
| 28 Auxilio a través de la: Junta de Acción Comunal barrio del Comercio de Puerto Rico, para obras varias en Puerto Limón, $ 90.000.00; en el barrio del Comercio, $ 80.000.00, y en La Providencia, $80.000.00 | 250.000 | |||
| 29 Junta de Acción Comunal, vereda El Carmen, Paujil, obras varias | 70.000 | |||
| 30 Junta de Acción Comunal vereda Arenoso, El Doncello, obras varias | 50.000 | |||
| 31 Junta de Acción Comunal vereda La Esmeralda, Corregimiento Valparaíso, reparación caminos y escuelas | 150.000 | |||
| 32 Junta de Acción Comunal El Triunfo, Montañita, obras varias | 50.000 | |||
| 33 Junta de Acción Comunal San Pedro Medio, Valparaíso, construcción escuela | 100.000 | |||
| 34 Junta de Acción Comunal vereda San Francisco, Florencia, obras varias | 100.000 | |||
| 35 Junta de Acción Comunal vereda Paralizada Curillo, reconstrucción escuela | 50.000 | |||
| 36 Junta de Acción Comunal vereda Horizonte Curillo, reconstrucción escuela | 50.000 | |||
| 37 Junta de Acción Comunal vereda Santa Fe, Doncello, reconstrucción escuela | 50.000 | |||
| 38 Junta de Acción Comunal Las Margaritas, reconstrucción escuela de San Antonio de Getucha | 50.000 | |||
| 39 Junta de Acción Comunal vereda Las Américas, compra motobomba Cartagena del Chairá | 30.000 | |||
| 40 Junta de Acción Comunal de Versalles, Albania, reconstrucción escuela | 40.000 | |||
| 41 Junta de Acción Comunal La Hechicera, arreglo escuela Municipio Montañita | 40.000 | |||
| 42 Junta de Acción Comunal vereda La Paz, Albania, arreglo escuela | 20.000 | |||
| 43 Junta de Acción Comunal vereda El Bosque, arreglo escuela San José del Fragua | 30.000 | |||
| 44 Auxilio escuela La Primavera, Albania, Junta Acción Comunal | 40.000 | |||
| 45. Junta de Acción Comunal Belén, droguería comunal | 30.000 | |||
| 46 Parroquia de Belén (máquina corta césped) | 30.000 | |||
| 47 Junta Acción Comunal Belén, compra motobomba | 30.000 | |||
| 48 Aporte INAS acueducto Santa Fe, Corregimiento Cartagena del Chairá | 50.000 | |||
| 49 Aporte Junta de Acción Comunal barrio Los Pinos, Florencia, programa construcción acueducto | 1.000.000 | |||
| 50 Aporte Telefónica, construcción red telefónica, Florencia | 3.000.000 |
PROGRAMA II
Agropecuario.
| Unidad Ejecutora: Secretaría de Agricultura | Unidad Ejecutora: Secretaría de Agricultura | 2.800.000 | ||
|---|---|---|---|---|
| Inversión directa. | Inversión directa. | 1.200.000 | ||
| Subprograma 124. Remodelación y reparación granjas agrícolas | Subprograma 124. Remodelación y reparación granjas agrícolas | 400.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Varios en el territorio | 400.000 | |||
| Subprograma 148. Fomento agrícola | Subprograma 148. Fomento agrícola | 800.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Reforestación | 500.000 | |||
| 2 Control plagas enfermedades | 300.000 | |||
| Inversión indirecta | Inversión indirecta | 1.600.000 | ||
| Subprograma 151. Aportes y auxilios para Fondos Agropecuarios | Subprograma 151. Aportes y auxilios para Fondos Agropecuarios | 500.000 | ||
| Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. | Proyecto. |
| 1 Fondo Rotatorio Agropecuario | 500.000 | |||
| Subprograma 152. Aportes auxilios para Juntas de Ferias | Subprograma 152. Aportes auxilios para Juntas de Ferias | 1.100.000 | ||
| Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. | Proyectos. |
| 1 Junta de Ferias Florencia | 300.000 | |||
| 2 Junta Ferias Municipios | 500.000 | |||
| 3 Juntas Ferias Corregimientos | 300.000 | |||
| Total Presupuesto Gastos de Funcionamiento e Inversión | Total Presupuesto Gastos de Funcionamiento e Inversión | $ 197.845.400 |
RESUMEN
| Funcionamiento | Inversión | Total | |
|---|---|---|---|
| Consejo Intendencial | $ 876.100 | 876.100 | |
| Despacho Intendencial | 5.349.100. | 5.349.100 | |
| Secretaría de Gobierno | 26.311.150 | 26.311.150 | |
| Secretaría de Hacienda | 60.775.016 | 60.775.016 | |
| Secretaria de Obras Públicas | 43.002.650 | 54.318.534 | 97.321.184 |
| Secretaría de Educación | 5.155.350 | 5.155.350 | |
| Secretaría Agricultura y Ganadería y R. N. | 5.307.500 | 2.800.000 | 8.107.500 |
| Total | $ 146.776.866 | 57.118.534 | 203.895.400 |
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo tercero. El único--ordenador de gastos en la Intendencia del Caquetá será el Intendente.
Artículo cuarto. Ningún giro podrá ser pagado, ni será válido sin la refrendación de la Auditoría Fiscal.
Artículo quinto La partida autorizada para cada concepto incluido en el Presupuesto de Gastos deberá aplicarse exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo artículo presupuestal, sin exceder el monta señalado.
Artículo sexto. Ningún funcionario agente de la lntendencia podrá obligarse a efectuar gastos o contraer compromisos no contemplados en el Presupuesto de Gastos respectivo, o en exceso del saldo disponible.
Quienes actúen en contravención de esta norma serán personalmente responsables de las obligaciones contraídas, sin perjuicio de las sanciones administrativas y/o penales que les correspondan.
Artículo séptimo. La dependencia intendencial que tenga dentro del presupuesto apropiaciones para inversión, obligatoriamente dará prioridad a la continuación y terminación de las obras ya iniciadas, antes de emprender otras, de acuerdo a los planes y programas.
Artículo octavo. Prohíbese expresamente a la Administración Intendencial la apertura de cartas de crédito, cuya finalidad sea afectar pagor por anticipado o de cuyo texto se deduzca que el beneficiario puede utilizarla sin que se haya suministrado el bien, de acuerdo al contrato solicitud de suministro, en relación con las chales se abrió la carta de crédito.
Tanto la apertura de la carta de crédito, como su refrendación final al banco respectivo, serán visadas por el Auditor Fiscal quien se abstendrá de hacerlo si no está legalizado el contrato o la solicitud de suministro que da origen en el primer caso; o si no se ha cumplido totalmente la obligación en el segundo caso.
Artículo noveno. Para mantener el equilibrio del presupuesto y regular la expedición de giros a las disponibilidades efectivas de los recursos financieros, el Gobierno Intendencial, con la participación del Secretario de Hacienda, prepara durante los últimos cinco (5) días de cada mes un programa de los recursos que espere recibir. Para ello tendrá en cuenta el comporatamiento de las rentas e ingresos de los meses corridos en el ejercicio y la viabilidad de los recursos que espera recibir que se hubieren incluido en el presupuesto. Simultáneamente preparará; otro programa de las obligaciones propuestas por cada una de las dependencias administrativas, de acuerdo con los cronogramas y demás avances de información de los planes en ejecución.
Finalmente, con base en lo anterior, se preparará un programa de las sumas que puedan girarse a cada dependencia administrativa, discriminada por el objeto del gasto.
Artículo décimo. La administración intendencial no podrá celebrar contratos, ni contraer obligaciones a cargo de la vigencia fiscal, sin que se haya previamente constituido la respectiva reserva presupuestal, refrendada por la Auditoría Fiscal.
Artículo decimoprimero. El monto total de los acuerdos de ordenación de gastos, tanto de funcionamiento como de inversión, que deban cubrirse con el producto de las rentas ordinarias y los recursos del balance, no podrá exceder, durante los primeros seis (6) meses del ejercicio, de la mitad del presupuesto de las referidas rentas y recursos para el respectivo ejercicio. Del mes de julio en adelante, el límite máximo de los acuerdos de ordenación de gastos globalmente considerados, será el promedio del recaudo de las rentas e ingresos durante los meses transcurridos del año.
Parágrafo. Las limitaciones establecidas en este artículo no se aplicarán al servicio de intereses, amortizaciones y otros gastos de la deuda pública, así como para determinados gastos de inversión que por razones especiales sea necesario acordar por sumas superiores de lo determinado.
Artículo decimosegundo. En los acuerdos de ordenación de gastos y antes de destinar partidas para erogaciones que puedan ser aplazadas, deberán incluirse en su orden: la duodécima parte de los sueldos y/o gastos fijos de administración en el mes respectivo, en cuanto legalmente no se haya disminuido el costo del correspondiente servicio; la cuota correspondiente al servicio de la deuda públicas; las cuotas que correspondan al pago de contratos y pedidos que hayan sido objeto de certificados de reserva expedidos por la Contraloría, las participaciones a los municipios y corregimientos.
Artículo decimotercero. Ninguna obra se podrá iniciar sin que el contrato respectivo esté perfeccionado incluyendo pago de impuesto de timbre y derechos de publicación, certificados de reserva de fondos expedido por la Auditoría Fiscal, si su cuantía lo exigiere y el cumplimiento de las demás disposiciones vigentes relacionados con el respectivo contrato.
Artículo decimocuarto. La Tesorería no podrá hacer ningún pago por concepto de adquisición de bienes o servicios, sin antes haberse cumplido los trámites legales y presentación de la cuenta debidamente autorizada y reconocida por el funcionario ordenador de gastos.
Artículo decimoquinto. Los gastos de representación del Intendente y los Secretarios se pagaran por mensualidades con el respectivo sueldo.
Artículo decimosexto. Toda erogación con cargos a gastos imprevistos que excedan a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) deberá ser autorizada por el Intendente mediante resolución motivada.
Artículo decimoséptimo. Cuando a un empleado o trabajador al servicio de la Intendencia le sea conferida una comisión oficial dentro del territorio nacional fuera de la Intendencia, se le autorizará el pago de viáticos; según la siguiente escala:
-
- El Intendente devengará viáticos a razón de $ 1.800.00 diarios.
-
- Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilen entre $ 35.000.00 y $ 20.001.00 tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1.500.00 diarios.
3 Los empleados cuyas asignaciones mensuales oscilan entre $ 20.000.00 y $ 10.001.00 tendrán derecho a devengar viáticos a razón de $ 1,000.00 diarios.
-
- Los empleados Cuyas asignaciones mensuales sean de $ 10.000.00 o menos, ganarán viáticos a razón de $ 800.00 diarios.
Parágrafo. Cuando la comisión fuere ordenada fuera de la sede habitual de trabajo y que implique pernoctar fuera de ella, pero dentro del territorio de la Intendencia, se reconocerán viáticos diarios así:
-
- El Intendente ganará a razón de $ 1.000.00 diarios.
-
- Sueldos de $ 20.001:00 a $ 35.000.00 a razón de $ 800.00 diarios.
-
- Sueldos de $ 10.001.00 a $ 20.000.00 a razón de $ 600.00 diarios.
4 Sueldos de $ 10.000.00 o menos a razón de $ 500.00 diarios.
Artículo decimoctavo. Las comisiones de servicio se conferirán mediante acto administrativo en el cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de veinte (20) días, sin embargo, no estarán sujetas a los términos de este artículo las comisiones que por su naturaleza exijan necesariamente una duración mayor, a juicio del jefe respectivo del organismo.
Parágrafo. Queda prohibida toda comisión de servicios de carácter permanente.
Artículo decimonoveno: Los consejeros intendenciales ganarán viáticos iguales a los del Intendente cuando viajen en comisión oficial dentro o fuera dei territorio intendencial en todo caso, las comisiones serán ordenadas por el lntendente mediante resolución previa.
Artículo vigésimo. El pago de viáticos y gastos de transporte de los empleados intendenciales en comisión, solo podrá efectuarse cuando exista resolución previa de la Intendencia en la que se ordene la comisión a lugar diferente al que el empleado ejerce normalmente sus funciones y se fija el término de la misma y el valor de los viáticos correspondientes. El empleado deberá estar ejerciendo el cargo y presentar constancia sobre el cumplimiento de la comisión.
Parágrafo. No habrá lugar a viáticos cuando la comisión se cumpla dentro del mismo día de salida, en tal caso solo habrá lugar a reconocimiento de gastos de transporte.
Artículo vigesimoprimero. Los choferes y los motoristas fluviales de la Intendencia no se consideran en comisión dentro de su territorio, por el hecho de. destinárseles a un nuevo frente de trabajo en forma permanente.
Artículo vigesimosegundo. Toda remuneración que tenga carácter de sueldo se pagará por nómina conforme a lo determinado en la resolución de asignaciones civiles. Por planilla solo se pagarán los obreros destinados a la construcción y conservación de obras públicas.
Artículo vigesimotercero. El pago de las vacaciones en dinero sólo podrá hacerse en caso de retiro del empleado o cuando se trate de funcionarios de manejo o técnicos cuyo retiro temporal trastorno la normal prestación del servicio.
Artículo vigesimocuarto. Toda erogación con cargo al rubro gastos especiales que exceda a la suma de mil pesos ($ 1.000.00) moneda legal, deberá ser autorizada mediante resolución motivada y firmada por el Intendente. Cuando esta erogación sobrepase la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda legal, deberá tener el visto bueno del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.
Artículo vigesimoquinto. De los auxilios autorizados en este Acuerdo no se girará su valor sino cuando esa inversión pueda ser controlada directamente por la Intendencia y visadas las cuentas respectivas por el Auditor Fiscal, cualquiera que sea. su destinación.
Artículo vigesimosexto. El Intendente, a través de la Secretaría de Hacienda, informará a la División de Presupuesto del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías acerca del estado financiero, mediante cuadros que demuestren tanto los ingresos como los gastos durante el mes anterior.
Artículo vigesimoséptimo. Las adquisiciones tanto de consumo como de devolutivos que realice el Almacén General de la Intendencia se efectuarán conforme a las disposiciones establecidas por la Contraloría General de la República y demás normas vigentes.
Parágrafo. Toda cuenta de cobro por un valor superior a veinte mil pesos ($ 20.000), se acompañará del respectivo contrato escrito en papel sellado y debidamente estampillado con sujeción a las disposiciones legales pertinentes.
Artículo vigesimoctavo. El Intendente queda autorizado para celebrar contratos que sean necesarios para la correcta ejecución del presupuesto, todo conforme a las disposiciones legales. Las negociaciones sobre empréstito público se tramitarán conforme a la ley vigente.
Artículo vigesimonoveno. Queda absolutamente prohibido dictar resoluciones de reconocimiento para legalizar obligaciones contraídas por fuera del presupuesto o sobre el valor de las apropiaciones y girar relaciones de autorización sin situación de fondos con el mismo objeto.
Artículo trigésimo, Queda terminantemente prohibido el pago, con cargo a recursos propios del Tesoro Intendencial de- servicios personales y gastos generales de entidades distintas a las de la Intendencia. salvo lo que se pacte en convenios especailes o sea dispuesto por la ley.
Artículo trigesimoprimero. En desarrollo del artículo noveno del Decreto número 1925 de 1975, las gestiones que deba cumplir el Agente Fiscal, estarán subordinadas y dependerán del Jefe de la Sección Gestión Delegada. La sede del Agente Fiscal será la ciudad de Bogotá.
Artículo trigesimosegundo. Los gastos de cada dependencia tendrá el siguiente orden de prioridad para su giro:
Primera prioridad.
Servicios personales.
Transferencias de ley, cuota patronal, Caja de Previsión, SENA, ESAP, Instituto de Bienestar Familiar (ICBF).
Aporte a COINCO para programas gestión delegada (Agentes Fiscales), Auxilio Radio-operador DAINCO.
Servicio de la deuda.
Segunda prioridad.
Gastos generales.
Tercera prioridad.
Demás transferencias y gastos de inversión.
No podrán emitirse giros ni hacerse pagos, ni refrendarse giros por los funcionarios competentes, cuando se hiciese en contravención a lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo trigesimotercero: Prohíbese contracreditar y trasladarse internamente el aporte de la Caja de Previsión Social y las partidas del servicio de la deuda.
Artículo trigesimocuarto. Este Acuerdo rige a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos ochenta y uno (1981).
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Florencia, capital de la Intendencia Nacional del Caquetá, a los veintiséis (26) días de noviembre de mil novecientos ochenta (1980).
(Fdo.), Jorge Olaya Lucena, Presidente Consejo Intendencial.
(Fdo.), Teodosio Duque Motta, Secretario Consejo Intendencial
El suscrito, Secretario del Consejo Intendencial del Caquetá,
HACE CONSTAR:
Que el Acuerdo número 01 de 1930, presentado al honorable Consejo Intendencial por segunda vez, por el Gobierno Intendencial, ha sido debatido en dos (2) sesiones en días y horas diferentes, aprobados por unanimidad, así:
Primera sesión: noviembre 12 de 1980.
Segunda sesión: noviembre 26 de 1980.
Para constancia se firma en el salón de sesinones. del honorable Consejo Intendencial a los veintiséis (26). días del mes de noviembre de 1980.
(Fdo.), Teodolo Duque Motta, Secretario Consejo Intendencial.
Constancia: Florencia, Intendencia Nacional del Caquetá, diciembre 1° de 1980.
En la fecha recibo, procedente del honorable Consejo Intendencial de Florencia, los Acuerdos números 1 y 2 sobre el presupuesto de rentas y gastos por el cual se determinan los cargos, asignaciones civiles y gastos de representación del personal de empleados al servicio de la Intendencia Nacional del Caquetá, respectivamente, para la vigencia fiscal de 1981.
Vienen el original y dos (2) copias. Los radico bajo el número 2054, folio 479, tomo III del radicador de Asuntos Civiles y Administrativos.
(Fdo.), Irma Elena Rojas Hurtado. Sustanciador penal.
Sección de Justicia Intendencial.
Florencia, Intendencia Nacional del Caquetá, diciembre primero (1°) de mil novecientos ochenta (1980).
SANCIONADO.
(Fdo.) Félix Tovar Zambrano, Intendente Nacional del Caquetá.
(Fdo.), Ernesto Ortiz Fajardo, Asesor Jurídico Intendencial.
Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de febrero de 1981.
VICTOR MOSQUERA CHAUX
El Jefe del Departamento, firma ilegible.
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