por el cual se expide el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2005-02-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 4
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 9º de la Ley 387 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley 387 de 1997, corresponde al Gobierno Nacional diseñar y adoptar el Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia;

Que se hace necesario expedir un nuevo Plan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia;

Que en sesión de enero 12 de 2005, el Consejo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia impartió su aprobación al nuevo Plan Nacional a que se refiere el considerando anterior;

Que para efectos del seguimiento al cumplimiento de este plan, se hace necesario establecer un procedimiento que permita determinar las entidades responsables sectorialmente de las distintas estrategias de intervención estatal en el marco del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada,

DECRETA:

Artículo 1º. Adopción del plan. Adóptase en todas sus partes, elPlan Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia.

Artículo 2º. Fuente de los recursos. Bajo los principios desubsidiariedad y correspondencia, el Plan Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada se ejecutará con los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación para cada entidad del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada, cuyos montos serán establecidos durante los dos primeros meses de cada año, con base en el presupuesto aprobado. Asimismo, con los recursos que los entes territoriales incorporen en sus presupuestos para la atención de la población desplazada. Adicionalmente se gestionará, teniendo en cuenta el principio de complementariedad, la consecución de recursos de cooperación nacional e internacional.

El texto de los principios rectores, objetivos y acciones concretas que conforman el Plan Nacional para l a Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia es el siguiente:

"Plan Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia"

1.1Orientadores

Definen las características, condiciones y criterios que guiarán los diferentes programas y acciones que están contemplados en este documento.

Enfoque diferencial: Para la formulación y desarrollo de las actividades que operan el presente Plan, setendrán en consideración las características de la población sujeto o grupos involucrados en la atención, en términos de género, edad y etnia, así como sus patrones socioculturales. Loanterior permitirá reconocer y promover ofertas institucionales acordes a los intereses de desarrollo de los grupos e individuos afectados.

Enfoque territorial: Las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención a la PoblaciónDesplazada en el nivel nacional y territorial, adecuarán y desarrollarán los programas atendiendo las particularidades y la diversidad regional y local, que permitirá brindar respuestas según la situación del territorio.

Enfoque humanitario: La atención a la población desplazada se brindará de manera solidaria en atención a las necesidades de riesgo o grado de vulnerabilidad de los afectados, con el fin de brindar soporte humanitario, trato respetuoso e imparcial, asegurando condiciones de dignidad e integridad física, psicológica y moral de la familia.

Enfoque restitutivo: Se entiende como la reposición equitativa de las pérdidas o daños materiales acaecidos por el desplazamiento, con el fin de que las personas y los hogares puedan volver a disfrutar de la situación en que se encontraban antes del mismo. Las medidas de restitución contribuyen al proceso de reconstrucción y estabilización de los hogares afectados por eldesplazamiento.

Enfoque de derechos: El Plan se sustenta en el aseguramiento del ejercicio y goce de los derechos humanos.

1.2 De intervención

La gestión, acción y procedimientos operativos de las entidades y organismos involucrados en el desarrollo del presente Plan, tendrán como lineamientos los siguientes principios:

Responsabilidad compartida: La atención de la población desplazada es responsabilidad de lasentidades que forman parte del SNAIPD en los distintos niveles, bajo acuerdos y criterios de complementariedad, concurrencia, y subsidiariedad, que permitan aunar esfuerzos y optimizar el uso de los recursos en procura de lograr mejores resultados.

Cooperación y solidaridad: Para la prestación y desarrollo de las acciones en beneficio a la población desplazada, se buscarán alianzas que faciliten la cooperación mutua de diversos actores institucionales y no institucionales que desarrollan programas a favor de este grupo poblacional. Elconcurso solidario de organismos no gubernamentales o internacionales con el Gobierno Nacional se constituye en importantes pilares que posibilitarán la restitución de los derechos vulnerados de la población desplazada.

Integralidad: La atención efectiva de las necesidades de los individuos y hogares desplazados, se hará mediante acciones institucionales armónicas, coordinadas y sincrónicas, propendiendo, desde las primeras fases de la atención, por lograr la estabilización de los individuos y hogares afectados.

Participación y control social: La vinculación y activa participación de los desplazados, las organizaciones y asociaciones de población desplazada en la gestión, formulación, desarrollo y seguimiento, es fundamental para el logro de los alcances y propósitos del presente Plan Nacional de Atención a la Población Desplazada.

Atención a la vulnerabilidad: El Plan tendrá en cuenta las afectaciones de modo diferente a cada grupo de población, por lo que en su ejecución deberá contemplar intervenciones específicas y prioritarias en condiciones de equidad, flexibilizando los procedimientos para facilitar su acceso alos servicios.

De acuerdo con la Ley 387 de 1997, Capítulo II, artículo 10 y demás normas concordantes, los objetivos del Plan Nacional serán los siguientes:

2.1 Objetivo general

Establecer la política general del Gobierno y las líneas de acción para la prevención y la atención al desplazamiento forzado interno en Colombia, que permita la restitución de los derechos y las obligaciones de las colombianas y los colombianos afectados por el mismo.

2.2 Objetivos específicos

El Plan Nacional del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada, SNAIPD, bajo un enfoque de política social, abordará su desarrollo desde un enfoque matricial, teniendo en cuenta que todas las acciones que se adelanten deberán tener un alcance estratégico. Por ello,para cada una de las fases establecidas: Prevención y protección, atención humanitaria de emergencia y estabilización socioeconómica, se contemplan acciones al menos para una delas siguientes cuatro líneas estratégicas: Acciones humanitarias, desarrollo económico local, gestión social y hábitat.

3.1 Acciones humanitarias

Son aquellas actividades orientadas a atender las necesidades humanitarias básicas que el Estado y la comunidad realizan para asegurar que se prevengan, se atiendan o minimicen las causas y los efectos del desplazamiento.

A través de los proyectos de acción humanitaria se trata de poner en marcha programas de intervención urgente y operaciones no discriminatorias de asistencia y socorro, además de apoyar procesos para el restablecimiento de poblaciones y comunidades en riesgo o en situación de desplazamiento.

Dichas acciones responden a una mirada integral de la atención, en tanto que analizan los problemas y las alternativas de respuesta desde la perspectiva de los diversos territorios y grupos involucrados, a partir del reconocimiento de sus características para desarrollar acciones diferenciales en las distintas fases de prevención, atención humanitaria y estabilización socioeconómica.

3.2 Desarrollo económico local

Fomenta las iniciativas emprendedoras de las personas y de los territorios, para proporcionar atractividad y cohesión del trabajo alrededor de los territorios vulnerables o vulnerados por la violencia. Se busca mejorar la competitividad local mediante la identificación de ventajas regionales comparativas y de proyectos regionales promisorios, entre otros.

El SNAIPD tendrá como propósito articular a la población afectada por la violencia a las dinámicas económicas locales, mediante la concertación de acciones y recursos entre la comunidad, los agentes económicos locales (empresa privada, ONG nacionales e internacionales) y las entidades del Estado, con un sentido de beneficio mutuo, el impulso de alternativas de trabajo, la generación de ingresos y de empleo, de forma que incidan directamente en el mejoramiento de las condiciones de vida de la población.

Un punto de partida para el fomento del desarrollo económico local serán los programas de la Red de Seguridad Alimentaria, RESA, con el fin de fomentar la producción para el autoconsumo, apalancando aquellos proyectos que tengan garantizado un eje económico principal.

Asimismo, con las actividades económicas y sociales más promisorias en algunas de las localidades, se fomentarán las cadenas productivas y sociales, que apoyen un desarrollo sostenible en calidad y tiempo de las poblaciones atendidas.

3.3 Gestión social

Destinada a promover procesos colectivos de organización y participación comunitaria que favorezcan el mejoramiento de la calidad de vida, el ejercicio de los derechos y deberes sociales, el bienestar de la comunidad vulnerable y desplazada, la voluntariedad y la corresponsabilidad de la sociedad en general, mediante el compromiso permanente de los actores sociales para actuar de manera concertada y ética. Para lograr este propósito es necesario el fortalecimiento de las capacidades y potencialidades, la generación de procesos participativos y el reconocimiento de las particularidades y diferencias de la población.

Todos los programas y las acciones fomentarán la solidaridad y la conciencia social en la población en riesgo o en situación de desplazamiento del cual han sido o pueden ser objeto, así como su inclusión en los procesos de acción social local y en programas sociales regulares, con el propósito final de mejorar su nivel de vida.

3.4 Hábitat

El hábitat, es el lugar en el que habita un hogar, un grupo o una comunidad humana, caracterizado por un entorno diverso, el cual combina elementos naturales, culturales, económicos y políticos. El concepto que ha de construirse en el largo plazo, deberá contemplar temas relativos con el impacto de la violencia en el espacio público, los territorios vulnerados y receptores, las comunidades expulsadas y receptoras, los impactos en el medio ambiente y el uso o la tenencia de vivienda.

Dado que el ámbito de la línea estratégica de hábitat es muy amplio, de manera práctica la política diseñada en el contexto del Plan Nacional del SNAIPD centrará sus acciones en la satisfacción de las necesidades habitacionales de la población en situación de desplazamiento en las diferentes fases de atención.

La política buscará, entonces, mejorar las condiciones de vida, a través de proyectos habitacionales promovidos por los Entes Territoriales, con el apoyo de los Comités Departamentales, Municipales y Distritales para la Atención Integral de la Población Desplazada por la Violencia, en concurrencia con los programas de vivienda de interés social que desarrolle el Gobierno Nacional en el ámbito del SNAIPD.

4.1 Prevención y protección

Las acciones de prevención y protección que forman parte del conjunto de esfuerzos para enfrentar la problemática del desplazamiento forzado por la violencia, están dirigidas a impedir el impacto de la violencia en las poblaciones donde existe el riesgo de ocurrencia de eventos de desplazamiento o a mitigar los efectos adversos a aquellas personas que se encuentran afectadas por esta situación.

La fase de prevención y protección comprende diferentes propuestas estructuradas de forma conjunta entre el Estado nacional, regional, local y la sociedad para el ejercicio pleno de los derechos y deberes de la población en riesgo de desplazamiento.

Un eje transversal lo constituyen las acciones de protección y seguridad encaminadas a generar alternativas eficaces de protección a la vida, integridad, libertad personal y de los bienes patrimoniales de la población civil respecto a los factores generadores de la violencia, así como el conjunto de acciones dirigidas a la promoción de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.

El componente de prevención del desplazamiento y protección de la población civil, se hará sobre la base de acciones competentes del Estado y complementarias de la sociedad civil, como se desarrolla a continuación.

5.1 Acciones humanitarias

Comprende las actividades relacionadas con la promoción de acciones preventivas de protección de las comunidades que se encuentran en riesgo de vulneración de sus derechos fundamentales, y acciones propias que se relacionan con la asistencia humanitaria de las poblaciones en riesgo de desplazamiento, potencialmente vulnerables a tener afectación en su seguridad alimentaria básica. Estas acciones se abordarán desde:

5.1.1 Acciones preventivas de protección

A. Fortalecimiento de la administración civil. Implica promover el ejercicio de los derechos humanos y el ejercicio legítimo de la gobernabilidad de las autoridades locales y nacionales, así como la aplicación efectiva de la política de Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. Estas acciones se desarrollarán a través de 4 componentes específicos:

Serán responsables de estas acciones el Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y de Justicia, Vicepresidencia de la República (Programa Presidencial para los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario), Ministerio de Relaciones Exteriores y Red de Solidaridad Social con la participación de los Comités de Atención a Población Desplazada.

B. Protección a comunidades en riesgo

Consiste en elevar los niveles de protección de los Derechos Humanos de las comunidades en alto riesgo de desplazamiento, a través de los siguientes componentes:

Fortalecer la capacidad de protección de las instituciones del Estado a nivel nacional, regional y local.

Restablecer o mejorar las relaciones entre el Estado y la comunidad.

Brindar asistencia técnica, para la sistematización y formulación de la política pública en materia de prevención y protección a comunidades en riesgo.

Contar con una serie de herramientas y protocolos de prevención y protección validados mediante las alianzas estratégicas entre autoridades locales, regionales, nacionales y las comunidades focalizadas, teniendo en cuenta las experiencias de protección que han desarrollado las propias comunidades.

Los Comités de Atención a la Población Desplazada, apoyarán las iniciativas y gestionarán las acciones correspondientes de protección o acompañamiento humanitario, con el concurso de las entidades pertinentes en el tema.

Serán responsables de estas acciones el Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y de Justicia, Vicepresidencia de la República (Programa Presidencial para los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario) y Red de Solidaridad Social con la participación de los Comités de Atención a Población Desplazada.

La Defensoría del Pueblo, de acuerdo con su competencia institucional realizará la promoción, divulgación y protección de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, a través de:

Como contribución a la disminución de los niveles de riesgo de desplazamiento, el Ministerio de Comunicaciones, propenderá por el mejoramiento de los procesos e infraestructura de las comunicaciones y conectividad rural, entre las instituciones involucradas en la emisión del riesgo y la respuesta con las comunidades potencialmente afectadas.

E. Fortalecimiento del Comité Interinstitucional de Alertas Tempranas, CIAT

Para la coordinación, verificación de los informes de riesgo emanados de la Defensoría del Pueblo y la orientación de recomendaciones integrales, pertinentes a las diferentes autoridades estatales nacionales o locales de conformidad con la competencia institucional de cada uno de sus miembros, el CIAT deberá:

F. Protección de bienes

Con el propósito de proteger los bienes patrimoniales de la población rural desplazada o en riesgo de desplazamiento, mediante el aseguramiento jurídico e institucional de los bienes afectados y el fortalecimiento del tejido social comunitario, se desplegarán las siguientes acciones:

Serán responsables de esta línea de acción el Incóder, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Superintendencia de Notariado y Registro, Red de Solidaridad Social, con la participación de los Comités de Atención a la Población Desplazada.

5.1.1.2 Acciones de asistencia humanitaria a población en riesgo de desplazamiento

Estas acciones están orientadas a brindar condiciones mínimas de socorro y subsistencia a las comunidades que se encuentran en riesgo de desplazamiento y/o que ven afectada su libre circulación, mediante el desarrollo de:

A. Aprovisionamiento básico

Serán responsables de estas líneas de acción, la Red de Solidaridad Social, las administraciones locales con la participación de los Comités de Atención Integral a la Población Desplazada.

B. Jornadas de impacto rápido

La realización de jornadas de impacto rápido, permitirán al Estado colombiano en general y al conjunto de entidades que actúan en las mismas, contar con capacidad para coordinar y aplicar respuestas eficaces a las necesidades de la población ubicada en regiones de alto riesgo de desplazamiento, en donde se consolida el control territorial por parte de las autoridades legítimamente constituidas para la protección y seguridad del territorio y sus pobladores.

Las respuestas con un enfoque integral y oportuno afianzarán la legitimidad, la gobernabilidad y la presencia del Estado, contribuyendo al desarrollo social y económico de las zonas priorizadas.

Las Comisiones de Prevención de los Comités Territoriales de Atención Integral a la Población Desplazada de manera coordinada con la Mesa Nacional de Prevención impulsarán esta estrategia en las regiones con inminencia de desplazamiento.

Serán responsables de esta línea de acción las entidades nacionales y locales que conforman el SNAIPD.

5.1.2 Gestión social

5.1.2.1 Fortalecimiento institucional

El SNAIPD velará por el compromiso, gestión y articulación de las acciones institucionales encaminadas a la prevención del desplazamiento y la protección de los derechos fundamentales de las comunidades en alto riesgo, para lo cual:

5.1.2.2 Gobernabilidad y fortalecimiento de las relaciones con la comunidad

El Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada, en especial, la Mesa Nacional de Prevención, realizará acciones de fortalecimiento de la legitimidad del Estado y la generación de confianza entre este y la comunidad, para lo cual se implementarán las siguientes acciones:

5.1.2.3 Fortalecimiento de la Mesa Nacional de Prevención

La Mesa Nacional de Prevención, liderada por el Programa Presidencial para DDH y Derecho Internacional Humanitario, DIH, de la Vicepresidencia de la República y el Ministerio del Interior y de Justicia, apoyará la construcción, coordinación y seguimiento de las políticas que en materia de prevención emane el Consejo Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada. En consecuencia, esta Mesa deberá:

5.1.3 Seguridad alimentaria

Se fomentará la realización de programas de seguridad alimentaria para propiciar el arraigo y prevenir el desplazamiento teniendo en cuenta que los proyectos deben responder a las realidades, usos, costumbres, condiciones sociales y agroecológicas de las comunidades.

Se priorizará la aplicación del Programa Red de Seguridad Alimentaria, RESA, de la Red de Solidaridad Social, para impulsar proyectos de producción de alimentos para el autoconsumo, con el propósito de estimular la permanencia en el campo de la población en riesgo de desplazamiento, recobrando en parte su capacidad productiva.

RESA, antes que un Programa Tecnológico, es un programa sociocultural de economía rural, que pretende cambiar la actitud de los pequeños productores rurales frente al uso de la tierra, impulsándolos a sembrar para no comprar los productos alimenticios que la tierra pueda producir.

El Plan Nacional del SNAIPD consolidará en forma masiva el programa RESA, bajo un enfoque de suficiencia, estabilidad y acceso. Se pretenderá además, que las personas tengan posibilidades de generar unidades productivas estables, de modo que aseguren el cubrimiento de las necesidades del hogar y faciliten el acceso a mejores condiciones de vida que contribuyan a afianzar su arraigo y a prevenir los factores que contribuyen al desplazamiento forzado.

Como medida de protección de los bienes rurales abandonados por la violencia, estos serán inscritos en el Registro Unico de Predios con el objeto de que las autoridades competentes procedan a impedir cualquier acción de enajenación o transferencia de títulos de propiedad de estos bienes.

5.2 Atención humanitaria de emergencia

Comprendida como el conjunto de acciones encaminadas a socorrer, asistir y proteger a la población desplazada en el momento inmediatamente posterior al evento de desplazamiento y a atender sus necesidades de alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina, atención médica y psicológica, transporte de emergencia y alojamiento transitorio en condiciones dignas.

De conformidad con la Ley 387 de 1997 y el Decreto 2569 de 2000, la atención humanitaria de emergencia se brinda por 3 meses, prorrogables por 3 meses más, según la valoración de las necesidades de los hogares y acorde con las condiciones establecidas en el artículo 22 del citado decreto.

Bajo los principios generales de concurrencia, complementariedad y subsidiariedad, las entidades del nivel nacional responsables de esta fase, coadyuvarán con los esfuerzos programáticos y presupuestales de las administraciones territoriales y en particular, de las instituciones que forman parte de los comités departamentales, distritales y municipales de atención integrales a la población desplazada. Para ello, las administraciones territoriales deberán incluir en sus presupuestos los recursos que les permitan dar respuesta a la atención humanitaria de emergencia.

La coordinación de la Mesa Nacional de Atención Humanitaria de Emergencia estará a cargo de la Red de Solidaridad Social, con la corresponsabilidad y concurrencia del Ministerio de la Protección Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y las administraciones departamentales, municipales y distritales. Brindarán cooperación, los organismos humanitarios nacionales e internacionales que desarrollan programas en esta fase de la atención con los cuales se establecerán los mecanismos pertinentes de coordinación y ejecución.

Las líneas de acción en esta fase serán las siguientes:

Líneas estratégicas de atención

5.2.1 Asistencia humanitaria en situaciones de emergencia a individuos y hogares desplazados, con enfoque poblacional de género, etnia y edad, para lo cual se desarrollarán las siguientes acciones:

5.2.1.1 Orientación a la población desplazada

Orientación inicial en la emergencia para desarrollar acciones de divulgación de manera personalizada y/o colectiva, acerca de los derechos de la población que se encuentra en situación de desplazamiento, los beneficios que la ley le otorga y los procedimientos para acceder a la oferta institucional en esta etapa y utilizar los programas y servicios establecidos.

Divulgación por parte del SNAIPD y los Comités de Atención Integral a la Población Desplazada de la Derechos Mínimos Vitales de la población desplazada contenidos en la Carta de Derechos Básicos de toda persona que ha sido víctima de desplazamiento forzado interno.

Serán responsables de la ejecución de esta línea estratégica todas las entidades del SNAIPD y los Comités de Atención Integral a la Población Desplazada.

5.2.1.2 Prestación de la asistencia humanitaria

A. Apoyo alimentario y no alimentario

Serán responsables la Red de Solidaridad Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y los entes territoriales.

B. Asistencia en salud

Serán responsables el Ministerio de la Protección Social, las Direcciones y Secretarías de Salud a nivel regional.

5.2.2 Atención a individuos y hogares en situación o riesgo de inseguridad alimentaria y con necesidades de alojamiento transitorio

Incluye acciones orientadas a la provisión de asistencia alimentaria y apoyo para alojamiento temporal de los individuos y hogares que, posterior a la prestación de la atención humanitaria deemergencia, continúan en situación de vulnerabilidad que puede afectar su seguridad alimentaria otecho digno, previa valoración de necesidades2. Ellas son:

5.2.3 Fortalecimiento de la capacidad territorial de respuesta para la atención de la emergencia

2

Cuando se trate de emergencias masivas de desplazamiento deberán operar los planes de contingencia que para tal efecto tienen formulado. Para ello, los comités dispondrán de herramientas e instrumentos que les permitirán mejorar su capacidad organizativa y efectividad en la respuesta, con la asesoría y el acompañamiento que para el efecto les brinde la Red de Solidaridad Social.

Si por causa del evento de desplazamiento forzado, bien sea masivo a individual, se rompe la unidad familiar obligando a la separación de uno o más de sus miembros, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Red de Solidaridad Social y el Comité Territorial respectivo, velarán por su reunificación de manera inmediata procurando al núcleo familiar las condiciones de dignidad, integridad física, psicológica y moral.

Serán responsables de las acciones de esta fase la Red de Solidaridad Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el Ministerio de la Protección Social, con la participación de las autoridades locales y los Comités de Atención Integral a la Población Desplazada. Será soporte de esta fase la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Defensa.

5.3 Fase de estabilización socioeconómica

En esta fase se promoverán acciones y medidas de mediano y largo plazo con el propósito de generar condiciones de sostenibilidad económica y social para la población desplazada en el marco de:i) el retornovoluntarioal lugar de origen, ii) la reubicación voluntaria, entendida como la estabilización en un lugar diferente a su lugar de origen, o bien como la decisión de quedarse en el sitio inicial de llegada.

Se entiende como estabilización socioeconómica la generación de medios para crear alternativas de reingreso de la población afectada por el desplazamiento a redes sociales y económicas que le ofrecen los territorios en donde la población retorna o se reubica.

El Decreto 2569 de 2000, en el artículo 25 precisa como estabilización socioeconómica de la población desplazada por la violencia "la situación mediante la cual la población en condición de desplazamiento, accede a programas que garanticen la satisfacción de sus necesidades básicas en vivienda, salud, alimentación y educación, a través de sus propios medios o de los programas que para tal efecto desarrollen el Gobierno Nacional y las autoridades territoriales, en el ámbito de sus propias competencias y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal".

Los procesos de retorno y reubicación acatarán irrestrictamente los principios de voluntariedad, dignidad y seguridad y se desarrollarán bajo los procedimientos establecidos para el efecto. En estos eventos las entidades del sistema a nivel nacional y territorial, apoyarán en el marco de sus competencias las acciones encaminadas a lograr la sostenibilidad y estabilidad de los hogares retornantes o reubicados.

Igualmente, las entidades del Sistema competentes velarán por la no repetición de los hechos que originaron la vulneración de los derechos humanos de los hogares en situación de desplazamiento, para lo cual propenderán por acciones que aseguren el derecho a la vida, la libertad, la integridad física y moral y el libre derecho de circulación, evitando tratos indignos, degradantes, inhumanos y arbitrarios a las familias retornadas, reubicadas o reasentadas.

El Gobierno Nacional a través de las entidades que conforman el SNAIPD y en cooperación con la sociedad civil y las organizaciones internacionales apoyará a los hogares desplazados que voluntariamente deseen retornar o reubicarse, desarrollando los componentes de la estabilización social y económica que serán abordados en su planificación a través de las líneas estratégicas de: acciones humanitarias, gestión social, hábitat y desarrollo económico local.

Desarrollo por línea estratégica

5.3.1 Acciones humanitarias

Los Comités Territoriales, por medio de las Mesas de Trabajo de Estabilización Socioeconómicas, liderados por las gobernaciones y las alcaldías, realizarán las acciones humanitarias necesarias para acompañar los procesos de retorno y reubicación, de acuerdo con los manuales elaborados por la Red de Solidaridad Social.

En el caso de los procesos voluntarios de retorno, se establecerán las acciones para los retornos de corto plazo (realizados antes de los 30 días de ocurrido el desplazamiento) o los retornos de mediano y largo plazo (luego de los 30 días). Dichas acciones estarán comprendidas en las cinco fases contempladas en el manual, a saber: fase exploratoria, fase de análisis situacional, fase de alistamiento, fase de retorno y fase de seguimiento.

La Red de Solidaridad Social, como Coordinadora del SNAIPD, acompañará a los Comités Territoriales en el diseño, la planificación y ejecución de los procesos voluntarios de retorno y de reubicación.

El Ministerio de Defensa, a través de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional participará en las acciones interinstitucionales que se desarrollen en los procesos voluntarios de retorno o reubicación, procurando la protección de los derechos de quienes retornan o se reubican.

La Defensoría del Pueblo igualmente velará porque los procesos de retorno cumplan con los principios de voluntariedad, dignidad y seguridad.

5.3.2 Gestión social

Se abordará a través de las siguientes líneas de acción:

5.3.2.1 Afianzamiento de la atención social en salud, educación y bienestar de la familia

El Gobierno Nacional a través de sus entidades promoverá acciones para el afianzamiento de la población en situación de desplazamiento en los servicios básicos de salud, educación y bienestar de la familia.

A. Atención en salud

B. Atención en educación

Son responsables y ejecutarán esta línea de acción el Ministerio de la Protección Social, el Ministerio de Educación, la Red de Solidaridad Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, y las direcciones, secretarías y seccionales respectivas, con la participación y concurrencia de las autoridades locales.

5.3.2.2 Fortalecimiento de la capacidad de respuesta institucional y organización social

El SNAIPD a través de las entidades que lo conforman y sus instancias de coordinación generarán estrategias que permitan el fortalecimiento institucional para dar una respuesta oportuna y planificada a la población, de acuerdo con lo establecido en este Plan Nacional y promoverá la organización de la población para su participación efectiva.

A. Fortalecimiento de la capacidad de respuesta institucional

B. Organización social

Son responsables y ejecutarán esta línea de acción las entidades del SNAIPD, sus instancias de coordinación con el apoyo de las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales, las organizaciones de población desplazada y la sociedad civil.

5.3.3 Desarrollo económico local

Se abordará a través de las siguientes líneas de acción:

5.3.3.1 Promoción de programas de seguridad alimentaria

Se priorizará la realización del programa Red de Seguridad Alimentaria, RESA, en forma masiva, entre grupos de hogares de campesinos que retornan o se reubican en el campo y de la población receptora que habita en las regiones, de tal forma que puedan "sembrar para no comprar", enfatizando en las Granjas de Paso como medio para apoyar el período de transición en el restablecimiento. Este programa buscará promover la producción de alimentos para el autoconsumo, mejorar los niveles de nutrición de la población y la satisfacción de sus necesidades alimentarias, para que sirvan de fundamento a procesos de generación productiva.

Asimismo, se promoverá el diseño de programas de seguridad alimentaria para el ámbito urbano.

También se buscará la promoción y el desarrollo de apoyo alimentario para facilitar el acceso de la población que se encuentra vinculada a programas de capacitación (alimentos por capacitación) y el apoyo alimentario al emprendimiento productivo de los hogares desplazados en su tránsito hacia la estabilización (alimentos por trabajo).

Se brindará apoyo alimentario a los menores desplazados en edad escolar que contribuya a mantener y mejorar los niveles nutricionales.

Son responsables y ejecutarán esta línea de acción el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el Ministerio de la Protección Social y sus direcciones territoriales, la Red de Solidaridad Social y el Plan Colombia con la participación de las autoridades locales y los Comités Territoriales de Atención a Población Desplazada.

5.3.3.2 Capacitación y recalificación para la producción

En el período de transición entre la decisión de retornar o reubicarse para lograr la estabilización socioeconómica, se analizarán y adaptarán los indicadores sociolaborales que ofrece la caracterización de la población registrada en el SUR, con el fin de realizar agrupamientos según vocaciones, experiencias, expectativas y habilidades de la población.

De acuerdo con dicho agrupamiento o con las necesidades productivas de la población desplazada, se adaptarán y desarrollarán procesos de formación y recalificación en el ámbito rural o urbano, con los contenidos y ciclos que demande el desarrollo de proyectos productivos o el acceso a oportunidades de vinculación laboral, en lo relacionado con capacitación técnica, habilitación laboral y asesoría para la formación empresarial.

Se promoverá el desarrollo de procesos de capacitación en economía solidaria dirigidos a la población retornada o reubicada que desee organizarse con fines productivos.

Son responsables y ejecutarán esta línea de acción el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, Dansocial, Fomipyme, con el apoyo de las Universidades Públicas y Privadas, Organizaciones No Gubernamentales Nacionales e Internacionales y Organismos de Cooperación Internacional, con la participación de las autoridades locales y los Comités Territoriales de Atención Integral a la Población Desplazada.

5.3.3.3 Promoción de programas de generación de ingresos rural y urbano

El SNAIPD a través de las Mesas de Trabajo de Generación de Ingresos, de los Comités Departamentales, Distritales y Municipales de Atención Integral a la Población Desplazada, gestionará y orientará programas y proyectos para población desplazada en diferentes formas de generación de ingresos rural y urbano.

Entre las modalidades para la generación de ingresos, podrán contemplarse actividades económicas que propendan por ser rentables y sostenibles, individuales o colectivas, que busquen cumplir con condiciones de atención masiva, participativa y cofinanciadas. Aquellas actividades económicas más promisorias se consolidarán bajo un enfoque regional de Cadenas Económicas y Sociales, que afiancen la inserción de la población que ha retornado o se ha reubicado, en las redes económicas y sociales territoriales.

Asimismo, se propiciarán las Alianzas Productivas para facilitar la vinculación laboral a empresas existentes, con el apoyo de la Sociedad Civil y la Empresa Privada.

Otras alternativas que se podrán fomentar serán las famiempresas y los grupos solidarios que permitan una acumulación simple autosostenible.

En los Planes de Desarrollo Departamentales y Municipales, bajo la responsabilidad de los Gobernadores y Alcaldes de las zonas de retorno y reubicación de población desplazada, se incluirán de forma obligatoria acciones y recursos de inversión para la atención a población desplazada en su fase de estabilización socioeconómica.

Se propenderá para que las líneas de acción de seguridad alimentaria en la fase de estabilización socioeconómica se articulen con los programas y proyectos que se generen para una actividad productiva tanto en el ámbito rural como urbano. Sus resultados serán de corto plazo, generando mejoras nutricionales en los hogares usuarios, así como saldos organizacionales y de aprendizaje,los cuales sirven de fundamento a subproyectos generadores de ingresos y empleo"3.

Las entidades del sector financiero, ONG, fondos locales, encargados de la financiación de los emprendimientos de la población que ha retornado o se ha reubicado, ajustarán sus propuestas financieras con mejores condiciones de flexibilidad y adaptabilidad a las necesidades de la población desplazada a través de modalidades como: donación, crédito ordinario, microcrédito, fondos solidarios, capital no reembolsable, garantías y otras alternativas que gestionen para tal fin. Se promoverán acciones para que la Comunidad Internacional apalanque las iniciativas exitosas de cofinanciación.

El Consejo Nacional de Atención a Población Desplazada solicitará a las entidades oficiales, encargadas de líneas especiales de crédito y fondos de garantías para la financiación de proyectos productivos a población desplazada por la violencia, que faciliten, flexibilicen, difundan y asesoren estos procesos a través de las Mesas de Trabajo de Generación de Ingresos.

La cofinanciación de los programas y proyectos de generación de ingresos rural y urbano deberán contemplar los siguientes componentes:

3

Para el ámbito rural, se promoverá la adquisición, enajenación y adjudicación de tierras para otorgar el subsidio integral a la población desplazada, con el objetivo de contribuir al restablecimiento de una base económica familiar, a través del acompañamiento en la implementación de proyectos productivos integrales sostenibles.

Las autoridades departamentales, distritales y municipales con la coordinación de la Red de Solidaridad Social, velarán por la articulación de entidades locales públicas y privadas para la puesta en marcha de programas productivos y sociales para población desplazada en proceso de retorno o reubicación.

Promoverán, facilitarán y desarrollarán esta línea de acción en el ámbito rural, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Incóder, el Banco Agrario, Finagro, el Fondo Agropecuario de Garantías, FAG, con el apoyo de las autoridades locales, Comités Territoriales de Atención Integral a la Población Desplazada, Organizaciones No Gubernamentales Nacionales e Internacionales.

Promoverán, facilitarán y desarrollarán esta línea de acción en el ámbito urbano, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, Fomipyme, el Fondo Nacional de Garantías y Bancoldex como banca de segundo piso impulsará la financiación de programas de generación de ingresos a través de entidades financieras públicas y privadas, con el apoyo de las autoridades locales, Comités Territoriales de Atención a la Población Desplazada, Organizaciones No Gubernamentales Nacionales e Internacionales.

5.3.4 Hábitat

Se abordará a través de las siguientes líneas de acción:

5.3.4.1 Atención a necesidades habitacionales básicas

Hace parte de la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento, la satisfacción de las necesidades básicas habitacionales, orientadas a una solución de vivienda que brinde espacios adecuados a sus ocupantes en condiciones sanitarias, servicios públicos, calidad de estructura adecuados y seguridad de la tenencia de la solución obtenida. En lo posible en conexión a una situación de generación de ingresos y acceso a servicios básicos a través de sus propios medios o de programas que desarrollen autoridades territoriales o el Gobierno Nacional.

Para la consolidación socioeconómica en los procesos de retorno y reubicación, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con el apoyo de las entidades del SNAIPD, diseñarán programas que permitan el acceso de la población desplazada a una solución de vivienda adecuada a través de las modalidades que se establezcan para el desarrollo del programa.

Asimismo brindarán asistencia técnica a los entes territoriales, promotores y gestores de planes de vivienda de interés social elegibles, para la formulación, presentación y ejecución de proyectos habitacionales.

Por su parte, la Red de Solidaridad Social de acuerdo con la situación de vulnerabilidad de la población en situación de desplazamiento en proceso de retorno o reubicación, implementará programas de acondicionamiento de hábitat a través de intervenciones de impacto rápido, que permita al hogar el funcionamiento adecuado de la unidad habitacional y posteriormente vincularse a la oferta social que desarrollan entidades del orden nacional, local o internacional, mediante recursos reembolsables y no reembolsables, para la superación de las necesidades habitacionales y del entorno de los asentamientos humanos.

El proceso de intervención debe estar concebido de acuerdo con la situación de vulnerabilidad de la población en situación de desplazamiento, mediante instrumentos de diagnóstico, planificación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación, con un tratamiento de atención de emergencia social y problema humanitario.

Son responsables y ejecutarán esta línea de acción el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Red de Solidaridad Social con la participación de las autoridades locales y los Comités Territoriales de Atención a Población Desplazada, apoyados por la cooperación internacional y la empresa privada.

5.3.4.2 Acceso a tierras

Son responsables y ejecutarán esta línea de acción el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incóder, y la Red de Solidaridad Social con la participación de las autoridades locales y los Comités Territoriales de Atención Integral a Población Desplazada.

5.3.5 Cesación de la condición de desplazado

La Red de Solidaridad Social, con la asistencia del Departamento Nacional de Planeación, DNP, desarrollará indicadores sectoriales de satisfacción de necesidades que permitan establecer que se produjo la estabilización socioeconómica y consecuentemente a la misma la cesación de la condición de desplazado.

Con base en lo anterior, la Red de Solidaridad Social y los Comités Territoriales evaluarán cada seis (6) meses las condiciones de estabilización y consolidación socioeconómica de los desplazados que hayan retornado a sus lugares de origen o que hayan sido reubicados. Con base en esta información, y otras que provengan de las entidades del SNAIPD. La Red, revisará en cada caso la cesación de condición de desplazado.

Una vez se firme el acto administrativo mediante el cual se establezca la cesación de la condición de desplazado y la consecuente exclusión del Registro Unico de Población Desplazada, se enviará copia del acto administrativo a las demás entidades del SNAIPD para que cesen para dicho hogar los beneficios derivados de la Ley 387 de 1997.

La Red de Solidaridad Social como coordinadora del Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada, SNAIPD, asume el diseño del Plan Nacional con la concertación de acciones, aportes y asignación presupuestal de las diferentes entidades que lo conforman e impulsan y promueven la puesta en marcha de este como parte de su misión, en cumplimiento de la Ley 387 de 1997 y las Sentencias de la Corte Constitucional SU-1150 de 2000, T-327 de 2001 y T-025 de 2004.

Desde el ámbito nacional, regional y local, la Coordinación del SNAIPD es la estrategia fundamental para poner en funcionamiento el Plan Nacional y lograr respuestas oportunas y de impacto a poblaciones y territorios afectados por la violencia, ya que las acciones a realizar por las diferentes entidades están orientadas a facilitar la restitución de los derechos fundamentales en condiciones dignas, mediante la integración de los esfuerzos públicos y privados para la prevención y la atención de la situación de desplazamiento 4.

Las diferentes instancias de Coordinación del SNAIPD para lograr los objetivos propuestos en el Plan Nacional serán: el Consejo Nacional de Atención a Población Desplazada, los Comités Territoriales, las Mesas de Trabajo y los Planes Integrales Unicos. Estas instancias tienen una doble dinámica: i) Actúan descentralizadamente, para diseñar y operar los programas y proyectos de acuerdo con las necesidades del contexto a través de los Comités Territoriales, y ii) Actúan centralizadamente para concertar y desarrollar las líneas de política, a través del Consejo Nacional.

En el marco del Consejo Nacional de Atención a Población Desplazada, se establecerán tres Mesas Nacionales, una por cada fase de intervención, y una Mesa de Fortalecimiento del proceso organizativo de la población desplazada. En todas las Mesas se promoverá la participación de los representantes de las Organizaciones de Población Desplazada.

Mesa Nacional de Protección y Prevención: Conformada por la Defensoría del Pueblo, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa Nacional, la Red de Solidaridad Social y la Vicepresidencia de la República. Podrán ser invitadas, según sea el caso otras entidades del SNAIPD que la Mesa considere necesarias.

4

Complementariamente el Ministerio de Comunicaciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores, los entes territoriales y las demás entidades del Sistema que el Consejo determine, adoptarán las acciones de su órbita de competencia que disponga la Mesa para efectos de la prevención, y le rendirán informes periódicos sobre el cumplimiento de las mismas, que a su vez serán presentados al Consejo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia.

La Secretaría Técnica de esta Mesa corresponderá al Programa Presidencial de los Derechos Humanos y DIH de la Vicepresidencia de la República.

Mesa Nacional de Atención Humanitaria de Emergencia: Liderada por la Red de Solidaridad Social y conformada por el ICBF y los Ministerios de Educación y de la Protección Social. Podrán ser invitadas, según sea el caso otras entidades del SNAIPD que la Mesa considere necesarias. Complementariamente los entes territoriales y las demás entidades del Sistema que el Consejo determine, adoptarán las acciones que disponga la Mesa para efectos de la AHE y le rendirán informes periódicos sobre el cumplimiento de las mismas, que a su vez serán presentados al Consejo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia.

La Secretaría Técnica de la misma corresponderá a la Red de la Solidaridad Social.

Mesa Nacional de Estabilización Socioeconómica: Compuesta por el Ministerio de Agricultura y las entidades adscritas, el Banco Agrario, Incóder, Finagro, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el Ministerio de Educación, el Ministerio de la Protección Social y las entidades adscritas Sena e ICBF, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y las entidades adscritas Bancoldex, Fomipyme y la Red de Solidaridad Social. Podrán ser invitadas, según sea el caso otras entidades del SNAIPD que la Mesa considere necesarias. Complementariamente los entes territoriales y las demás entidades del Sistema que el Consejo determine, adoptarán las acciones que disponga la Mesa para efectos de la estabilización socioeconómica y le rendirán informes periódicos sobre el cumplimiento de las mismas, que a su vez serán presentados al Consejo Nacional.

La Secretaría Técnica de la Mesa corresponderá al Ministerio de Agricultura para las acciones del ámbito rural y al Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial para las acciones del ámbito urbano.

Mesa Nacional de Fortalecimiento a Organizaciones de Población Desplazada: Se conformará y fortalecerá una Mesa Nacional de Organizaciones de Población Desplazada, con el propósito de hacer seguimiento y evaluación a la política de atención integral a la población desplazada, además de generar espacios, procesos de participación efectiva y oportuna en las instancias de coordinación bajo el principio de intervención de la responsabilidad compartida.

Serán responsables de esta Mesa las organizaciones de población desplazada, quienes elegirán bajos sus propios criterios los representantes que participarán en la Mesa y elegirán entre ellos la Secretaría Técnica.

Los Comités Territoriales apoyarán y brindarán colaboración al SNAIPD, los cuales definen, planean, gestionan, ejecutan y evalúan planes, programas y proyectos a nivel territorial en el marco del Plan Integral Unico, PIU, construido participativamente y el cual les permitirá coordinar esfuerzos para atender integralmente a la población sujeto, asumiendo compromisos a corto, mediano y largo plazo.

Los PIU integrarán las acciones desde las fases de intervención y las líneas estratégicas, involucrando los planes de prevención, de contingencia para la emergencia y los planes operativos de los diversos programas y proyectos que se concerten en el ámbito regional.

Los Comités se organizarán y operarán a través de Mesas de Trabajo Regionales o Comisiones Temáticas, compuestas por representantes institucionales y comunitarios, que tienen como objetivo trabajar alrededor de los temas que responden a las estrategias de atención del SNAIPD.

El trabajo de las Mesas, entre otros, son insumo fundamental para el diseño y puesta en marcha del PIU, ya que recoge el conjunto de estrategias, actividades, recursos y mecanismos de gestión que se formulan y concertan en el ámbito regional, para responder a las diversas demandas y necesidades de la población desplazada o en riesgo en el territorio.

La articulación dinámica de las políticas, estrategias y acciones operativas que desarrolla el SNAIPD deben estar soportadas sobre elementos técnicos que faciliten las tareas de prevención, atención y restablecimiento, permitiendo dar cuenta del estado de integralidad del conjunto de acciones que se dan a lo largo de cada una de las etapas, que la política pública ha establecido en el ciclo de atención del fenómeno del desplazamiento y del papel coordinador e integrador de la Red de Solidaridad Social.

La oportunidad con que la información sea recolectada y validada, así como la eficiencia y eficacia con que esta sea aplicada para la evaluación del riesgo y toma de decisiones en la atención, es vital para el logro de resultados que impacten en beneficio de la población y de los territorios afectados, además serán insumo básico para el seguimiento, evaluación y ajuste de las estrategias, planes y acciones implementados por el Estado, ello en desarrollo del artículo 11 de la Ley 387 de 1997.

A.Prevención

Los comités municipales, distritales y departamentales para la Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia tendrán además de las responsabilidades establecidas por ley, el deber de reportar oportuna y permanentemente a la Red de Solidaridad Social y a los observatorios de desplazamiento las variables que caractericen la intensidad del fenómeno.

Se dará desarrollo formal alObservatorio del Desplazamiento Interno por la Violencia, el cual se ocupará de articular los desarrollos regionales que en esta materia se han alcanzado en las diferentes zonas del país. Adicionalmente y de manera particular se buscará ampliar la funcionalidad del Observatorio para que también emprenda el abordaje de otras manifestaciones relacionadas con el fenómeno del desplazamiento como casos de refugio, migración Interfronteriza, comunidades en riesgo y desplazamiento intraurbano.

B. Atención

La formulación de los programas, los proyectos y la ejecución de acciones que materializan la política de atención a la población desplazada, tendrá que plantearse a partir de la demanda real. Esto será posible en la medida en que las entidades del Snaipd conozcan las características sociodemográficas de la población desplazada y sus niveles de vulnerabilidad, de tal manera que la integralidad de la atención corresponda a necesidades reales en un enfoque diferencial; es decir, que la oferta repare los derechos efectivamente vulnerados con motivo del desplazamiento en cada caso particular, permitiendo la racionalización del esfuerzo del Estado y evitando la satisfacción de necesidades no causadas por el desplazamiento en sí mismo.

El Snaipd caracterizará la oferta de bienes y servicios ofrecidos a la población desplazada según cada etapa de política y tomará como entrada la información que sobre la población inscrita maneja el Registro Unico de Población Desplazada, acondicionará los programas ofrecidos y priorizará el acceso a los mismos. El sistema de información deberá dar cuenta de cada uno de los bienes ofrecidos en cada etapa de política a cada uno de los hogares a los que el Estado colombiano les reconoció la condición de desplazado, para ello creará el comité de sistemas de información de las entidades del Snaipd, el cual tendrá como responsabilidad coordinar las actividades de construcción de información, intercambio y consolidación de los datos referentes a la caracterización territorial y poblacional según etapa de la política, así como a los beneficios otorgados por la ley en atención al fenómeno del desplazamiento.

Por su parte, la Población Desplazada tendrá el deber de mantener actualizada la información que atañe al Registro Unico de Población desplazada y que en criterio de la Red de Solidaridad Social es necesaria para lograr mantener niveles adecuados de atención que correspondan a las necesidades reales de los hogares inscritos.

7.1 Seguimiento

La Red Nacional de Información soportará estrategias de seguimiento que den cuenta del desarrollo y de los avances que en materia de política, planes y acciones realiza el Snaipd; del impacto y cubrimiento de la atención en la población afectada por el desplazamiento; de la evolución del estado de vulnerabilidad de los hogares a lo largo del ciclo de atención y del ejercicio efectivo de sus derechos. De igual forma, será base para establecer cuándo las personas inscritas merecen su incorporación en otros programas de asistencia, definidos por el Estado y orientados hacia la población vulnerable en el contexto de la aplicación de la política social.

Un sistema de información en capacidad de consolidar datos relacionados con cada uno de los esfuerzos estatales en la atención y con la capacidad de medir el impacto y las posibilidades de autoagenciamiento de la población desplazada durante el ciclo de atención, es la base para monitorear y evaluar la efectividad de la política a través del tiempo y facilitar su ajuste y mejoramiento en un momento determinado, ello dentro del contexto de los desarrollos normativos y de jurisprudencia que el Estado colombiano ha logrado y que logre en aplicación de este Plan.

El Consejo Nacional creará un comité Técnico de Sistemas de Información del Snaipd que determinará su propio reglamento y modo de operación, definirá los lineamientos para la construcción de información referente a la atención, establecerá mecanismos y procedimientos para la administración y el intercambio de información sobre la atención, definirá estándares y protocolos para la presentación y difusión de información, realizará seguimiento, evaluación y monitoreo a la información sobre población desplazada generada por cada una de las entidades del Snaipd.

El DANE incluirá en la Encuesta de Hogares una pregunta que reporte la condición de desplazamiento de los hogares y suministrará la información a la Red Nacional de Información, RNI.

La RNI promoverá el intercambio y disponibilidad de información con las entidades y centros de investigación que no pertenecen al Snaipd y generan información sobre el desplazamiento.

8.Seguimiento y evaluación al Plan Nacional

El seguimiento es la herramienta fundamental que permitirá evaluar los resultados y el impacto de las acciones del Plan Nacional. En este sentido, el seguimiento y la evaluación se abordarán desde las siguientes estrategias que permitirán fortalecer los mecanismos existentes y generar otros nuevos.

8.1 Instancias de coordinación del sistema

Para realizar el seguimiento el Consejo Nacional de Atención a Población Desplazada se reunirá al menos dos veces al año para evaluar los resultados y alcances del Plan Nacional reportados por las Mesas Nacionales (Protección y Prevención, Atención Humanitaria de Emergencia y Estabilización socioeconómica), las cuales se reunirán al menos cuatro veces al año para el seguimiento de los objetivos, las estrategias y el presupuesto.

El Snaipd diseñará protocolos de seguimiento a través de sus Comités y Mesas de Trabajo que se verán reflejados en los PIU.

El Comité Jurídico actuará como órgano consultor de las instancias encargadas del seguimiento y evaluación del presente Plan.

Los Comités de Atención Integral a Población Desplazada planearán, gestionarán, ejecutarán y evaluarán los proyectos, programas, planes y cronogramas que se desarrollarán de manera coordinada para un período de tiempo no mayor a un año, para brindar una respuesta oportuna y lograr la cualificación de los recursos y presupuestos. Estos comités se reunirán al menos cuatro veces al año y las Mesas Temáticas de Trabajo, al menos seis veces al año.

La Mesa Nacional de Fortalecimiento a las Organizaciones de Población Desplazada elaborará un informe semestral sobre la aplicación y evaluación de la política pública.

Las Mesas Nacionales, desde sus respectivas líneas de intervención elaborarán dos informes evaluativos cuantitativos y cualitativos sobre los alcances obtenidos en el desarrollo de las estrategias, actividades y recursos concertados para responder a la atención de las necesidades de la población en condición de desplazamiento, los cuales deberán ser presentados al Consejo Nacional quien adoptará los correctivos necesarios.

8.2 Indicadores de seguimiento

El Departamento Nacional de Planeación, DNP, a través de los sistemas de Sinergía y Sigob estandarizará indicadores para el seguimiento a metas y compromisos adquiridos por las entidades del Snaipd, en cumplimiento del Plan Nacional.

El DNP velará por una adecuada asignación de los recursos tanto del presupuesto nacional como de cooperación internacional, teniendo en cuenta los programas, las metas y estrategias contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo y el cupo fiscal contenido en el Plan Nacional de Inversiones, PNI.

8.3 Red Nacional de Información

De manera permanente la Red Nacional de Información reportará estadísticas sobre el comportamiento de la atención brindada por las entidades del Snaipd en cumplimiento a las acciones y política establecida en el presente Plan.

Asimismo, el Comité Técnico de Sistemas de Información del Snaipd, periódicamente emitirá informes sobre los avances que en materia de política, planes y acciones realiza el Snaipd; del impacto y cubrimiento de la atención en la población afectada por el desplazamiento, de la evolución del estado de vulnerabilidad de los hogares a lo largo del ciclo de atención y del ejercicio efectivo de sus derechos.

Estos informes serán presentados a las Mesas Nacionales y al Consejo Nacional como insumo para la evaluación y ajuste de la política.

8.4 Planes operativos

Las entidades del Snaipd elaborarán planes operativos de acuerdo con la oferta de servicios disponible para la atención de la población desplazada. Estos planes determinarán metas, actividades, tareas, responsables y presupuesto, como herramienta de seguimiento propia de cada institución.

Estos planes harán parte integral del Plan Nacional y a su vez de los planes operativos que se diseñarán en el marco de las Mesas Nacionales de Atención a Población Desplazada.

Los Planes Operativos serán revisados y reestructurados anualmente, de acuerdo con la evaluación del Plan y la asignación presupuestal.

La veeduría social del presente Plan será responsabilidad de las organizaciones de población desplazada a través de su participación activa en las diferentes instancias de concertación, coordinación y planificación.

Asimismo, el Comité Técnico del Consejo Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada velará por el buen cumplimiento de la política y de las acciones establecidas en el presente Plan y elaborará informes evaluativos semestrales acerca del alcance de los compromisos de servicio, atención y esfuerzo presupuestal de cada una de las entidades que conforman el Snaipd.

Estos informes serán presentados a cada institución, a las Mesas Nacionales y ante el Consejo Nacional".

Artículo 3º. Comité técnico. Para apoyar las funciones del Consejo Nacional se crea un Comité Técnico integrado por los secretarios técnicos de cada una de las Mesas Nacionales encargadas del cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional, así:

Un delegado del Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo, un delegado del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, un delegado del Ministerio del Interior y de Justicia, un delegado de la Vicepresidencia de la República, un delegado del Departamento Nacional de Planeación un delegado de la Red de Solidaridad Social y un delegado de la Mesa Nacional de Fortalecimiento a Organizaciones de Población Desplazada.

Parágrafo. Presidencia y funciones del Comité. Este Comité será presidido por el funcionario que designe el Director de la Red de Solidaridad Social y cumplirá las siguientes funciones:

Artículo 4º.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 173 de 1998.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de febrero de 2005.

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