por el cual se modifica el artículo 3° del Decreto 627 de 1974

Rango Decreto
Publicación 2005-07-21
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que es competencia constitucional y legal del Presidente de la República modificar la estructura de la Rama Ejecutiva de la cual hace parte el Consejo Nacional de Política Económica y Social;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º del Decreto 627 de 1974, el Consejo Nacional de Política Económica y Social, es el organismo asesor principal del Gobierno Nacional en todos aquellos aspectos que se relacionan con el desarrollo económico y social del país, y en su artículo 3º determina su integración, la cual se hace necesario modificar;

DECRETA:

Artículo 1º. Modifícase el artículo 3º del Decreto 627 de 1974, el cual quedará así:

Artículo 3º. El Consejo Nacional de Política Económica y Social actuará bajo la dirección personal del Presidente de la República y estará integrado en la siguiente forma:

Cuando se sometan a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social asuntos que afecten a varias entidades territoriales, la Federación Nacional de Departamentos designará un (1) Gobernador por el término de un (1) año, como representante de las entidades territoriales para que asista en calidad de invitado a dichas sesiones, con derecho a voz.

Parágrafo 1º. El Subdirector General del Departamento Nacional de Planeación será el Secretario del Consejo.

Parágrafo 2º. El Presidente de la República podrá designar como invitados permanentes del Consejo a aquellos funcionarios que con ocasión de sus funciones y competencias estime pertinente.

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica el artículo 3º del Decreto 627 de 1974.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de julio de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Director del Departamento Nacional de Planeación,

Santiago Montenegro Trujillo.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Antonio Grillo Rubiano.

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