Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Policía Nacional)

Rango Decreto
Publicación 1952-11-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de octubre de 1952 del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones de la Policía Nacional, según consta en el Acta respectiva,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
POLICIA NACIONAL
CPITULO 7°
Personal.
Del artículo 79. Para el pago de arrendamiento de locales y terrenos, en el año $ 65.000.00
Material.
Del artículo 96. Para viáticos y gastos de transporte, arrendamientos, alumbrado, acueducto, aseo y desinfección, vestuario, correaje y equipo, alimentación, herraje y sanidad de ganado, y demás gastos que demande el sostenimiento de la Policía Rural, en el año 220.000.00
Suman los contracréditos $ 285.000.00
CAPITULO 7°
Personal.
Al artículo 67. Para sobresueldos del personal de la Policía Nacional, en el año $ 65.000.00
Al artículo 86. Para gastos de vestuario, correaje, equipo, elementos de dormitorio y casino, repuestos y materiales, inclusive el aseguro de los mismos en los Almacenes y Talleres de la Institución, en el año $ 100.000.00
Al artículo 94. Para el pago de vacaciones, gastos del culto, extraordinarios e imprevistos, y pago de saldos anteriores a esta vigencia, en el año 120.000.00
Suman los créditos $ 285.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de octubre de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Gobierno,

Luis Ignacio Andrade.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo.

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