Por el cual se establecen dotaciones de personal para las obras de ampliación del Servicio de Faros y Boyas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y de las especiales que le confiere el artículo 24 del Decreto número 1325 de 1953,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Decreto 3129 de 1952, el Gobierno está facultado para proceder al mejoramiento y ampliación de los servicios de Faros y Boyas de los puertos marítimos nacionales, para lo cual debe incluír en el Presupuesto Nacional las partidas indispensables para las obras proyectadas;
Que para ejecutar las construcciones de los edificios destinados a las plantas de gas, talleres, laboratorios, almacenes y para la construcción de las bases para los faros en las costas nacionales, es necesario crear las dotaciones del personal técnico y administrativo que se requiere para aquellas construcciones,
DECRETA:
Artículo 1° Establécense las siguientes dotaciones de personal para las construcciones de los edificios que requiere el mejoramiento y la ampliación de los servicios de Faros y Boyas de las costas nacionales:
1 Ingeniero Jefe, con asignación mensual de $ 1.800.00.
1 Ingeniero Auxiliar, con asignación mensual de $ 1.300.00.
2 Contabilistas, con asignación de Auxiliar 1° de la Armada.
2 Escribientes, con asignación de Auxiliar 4° de la Armada.
Parágrafo. Las dotaciones de este personal estarán en vigencia únicamente por el tiempo necesario para la elaboración de los anteproyectos, proyectos definitivos, presupuestos y la dirección y administración de las obras que comprende el plan de construcciones.
Artículo 2° Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se harán con cargo a la apropiación respectiva del Presupuesto del ramo de Guerra, en la forma prevista por el artículo 3° del Decreto número 3129 de 1952.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de septiembre de 1953.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gustavo Berrío Muñoz.
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