Por el cual se aprueba el Decreto número 601 del Jefe Civil y Militar del Tolima, sobre algunas disposiciones relacionadas con el aumento al impuesto de cervezas

Rango Decreto
Publicación 1948-08-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y especialmente de las que le confiere el Decreto número 1646 de 1948,

DECRETA:

Artículo primero. Apruébase en todas sus partes el Decreto número 601 del Jefe Civil y Militar del Tolima, que a la letra dice:

"DECRETO NUMERO 601 DE 1948 (JULIO 9)

por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con el aumento al impuesto de cervezas,

El Jefe Civil y Militar del Tolima,

en uso de las facultades que le confieren el Decreto número 1646 de este año,

DECRETA:

Artículo primero. El aumento del impuesto de cervezas de producción nacional ordenado por el Decreto nacional número 1953, de 9 de junio último, se reservará exclusivamente para el Departamento.

En consecuencia, sobre ese aumento no se liquidarán las participaciones que se hayan decretado a favor del Municipio u otras entidades.

Artículo segundo. El presente Decreto regirá desde el primero de julio en curso.
Artículo tercero. Para los efectos legales envíese al Gobierno Nacional y si fuere aprobado publíquese y cúmplase.

Dado en Ibagué, a los 9 días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y ocho.

(Firmado), Teniente-Coronel, Hernando Herrera G. -El Secretario de Hacienda (firmado), Francisco González Torres."

Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha.

Dado en Bogotá a los 22 días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y ocho.

Comuníquese y publíquese.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

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