por el cual se crea un cargo de Fiscal
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 16 de 1968 y oído el concepto de la Comisión Asesora del Gobierno de que trata el artículo 21 de la misma Ley,
DECRETA:
Artículo primero. Créase un cargo de Fiscal en el Tribunal Administrativo de Bogotá.
La Fiscalía tendrá un Oficinista Judicial V, de su libre nombramiento y remoción.
Artículo segundo. A los cargos creados por el presente Decreto corresponden las mismas funciones y asignaciones previstas en la Ley.
Artículo tercero. El Gobierno, en su oportunidad, dispondrá las apropiaciones presupuestales correspondientes.
Artículo cuarto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de septiembre de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Justicia, Fernando Hinestrosa. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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