por el cual se dictan unas disposiciones en el Servicio Consular

Rango Decreto
Publicación 1982-09-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA:

Artículo 1º. El Consulado General de Colombia en Miami tendrá jurisdicción en los territorios de los Estados de Florida, North Carolina, Sonth Carolina, Georgia y Tennesse, así como en el territorio de Las Bahamas y le corresponderá la inmediata supervigilancia de las oficinas consulares establecidas dentro del circuito señalado.
Artículo 2º. El Consulado de Colombia en Saarbrucken, República Federal de Alemania, creado por Decreto número 2431 de 1982, tendrá jurisdicción en el Estado de Saarland.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E, a 27 de agosto de 1982.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Rodrigo Lloreda Caicedo.

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