Por el cual se asignan unas funciones
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le concede la Ley 107 de 1936 y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto ejecutivo número 1478 del año en curso, se creó la Comisión de Estudios de Regulación e Irrigación del río Bogotá y sus afluentes, en la sabana del mismo nombre;
Que el considerable valor del instrumental de ingeniería y demás elementos que se le han suministrado para el desarrollo de los trabajos hace necesario que éstos estén bajo la responsabilidad de una persona,
DECRETA:
Artículo único Asígnensele las funciones de Almacenista de la Comisión de Regulación e Irrigación del río Bogotá y sus afluentes; al Topógrafo de la misma quien deberá constituir fianza a satisfacción de la contraloría General de la República, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de agosto de 1946.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de la Economía Nacional,
Antonio María PRADILLA
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