Por el cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes establecida por el Decreto número 352 de 1974

Rango Decreto
Publicación 1975-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades que le otorga el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional y en especial de las que le confiere el Decreto 2554 de 1973 y 230 de 1975,

decreta:

Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 000012 del 12 de marzo de 1975, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte y cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 000012 DE 1975

por el cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, "Coldeportes".

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, en uso de de sus facultades legales y estatutarias,

acuerda:

Artículo primero. Suprímanse de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, establecida por el Decreto número 352 de 1974, los siguientes cargos:
N°. de cargos Dependencia y denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico Sueldo básico
Sección de Estudios Económicos
1 Estadístico III 23 $ 6.600
Secretaría General
1 Asistente Administrativo V 25 7.800
2 Técnicos en Administración de Personal I 23 6.600
1 Mecanógrafo VII 15 3.110
Sección Financiera
1 Tesorero V 25 7.800
1 Mecanógrafo VII 15 3.110
Sección de Servicios Administrativos
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1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
1 Revisor de Documentos VII 18 4.140
1 Operador de Equipo V 18 4.140
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
2 Mecanógrafos VII 15 3.110
1 Recepcionista IV 15 3.110
1 Chofer Mecánico II 13 2.570
3 Celadores XII 11 2.120
3 Auxiliar de Servicios Generales VII 11 2.420
3 Auxiliar de Servicios Generales VI 10 1.930
N°. de cargos Dependencia y denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico
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Fondo Rotatorio de Implementos Deportivos
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1 Jefe de Almacén IV 23 6.600
1 Almacenista I 16 4.320
1 Mecanógrafo VII 15 3.110
1 Auxiliar de Servicios Generales VII 11 2.210
Coordinación Técnico Deportivo
1 Asesor (Coordinador Técnico Deportivo) VII 35 13.800
1 Secretario V 18 4.140
Centro de Capacitación Deportivo
1 Jefe de Grupo de Personal Técnico III 31 11.400
División de Juventud y Recreación
1 Jefe de División de Personal Técnico III 35 13.800
1 Secretario V 18 4.140
Sección de Educación Física y Capacitación
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
3 Licenciado en Educación Física V 25 7.800
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
1 Mecanógrafo VII 15 3.110
Sección de Recreación y Organizaciones Juveniles
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
1 Técnico en Educación (Física y Recreación) V 23 6.600
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
Sección de Juntas Administradoras
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
3 Visitador Administrativo II 24 7.200
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
1 Mecanógrafo VII 15 3.113
División de Construcciones Deportivas
1 Arquitecto V 27 9.000
2 Dibujante III 18 4.140
FEDERACIONES
Ibagué
1 Mecanógrafo V 13 2.570
Artículo segundo. Créanse en la Planta de Personal del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, establecida por el Decreto número 352 de 1974, los siguientes cargos:
N°. de cargos Dependencia y denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico Sueldo básico
Dirección General
1 Asesor (Jurídico) VII 35 $ 13.800
Centro de Capacitación Deportiva
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
1 Celador III 11 2.120
Sección de Estudios Económicos
1 Economista IV 26 8.400
Sección de Organización y Métodos
1 Técnico en Administración IV 26 8.400
Sección de Estadística
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
1 Estadístico III 23 6.600
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
Secretaría General
1 Chofer Mecánico III 14 2.830
Sección dé Personal
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
2 Técnico en Administración de Personal IV 26 8.400
1 Mecanotaquígrafa V 16 3.420
1 Auxiliar de Oficina VII 14 2.830
Sección de Supervisión de Juntas
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
3 Visitador Administrativo II 24 7.200
1 Mecanotaquígrafo VI 16 3.420
Sección de Coordinación y Control de Programas
1 Jefe de Sección de Personal Técnico II 24 7.200
1 Mecanotaquígrafo VI 16 3.420
Sección Financiera
2 Contador IV 24 7.200
1 Mecanotaquígrafo VI 16 3.420
Grupo de Pagaduría
1 Jefe de Grupo de Personal Asistencial VII 25 7.800
1 Mecanógrafo VII 15 3.110
1 Oficinista IV 15 3.110
N°. de cargos Dependencia y denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico Sueldo básico
Sección de Servicios Generales
1 Jefe de Sección cíe Personal Técnico I 31 11.400
2 Secretario V 18 4.140
1 Revisor de Documentos VII 18 4.140
1 Operador de Equipo V 18 4.140
1 Operador de Equipo II 15 3.110
1 Oficinista VII 18 4.140
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
1 Mecanógrafo VII 15 3.110
7 Recepcionista IV 15 3.110
1 Chofer Mecánico III 14 2.830
4 Auxiliar de Servicios Generales VII 11 2.120
2 Celador III 11 2.120
4 Auxiliar de Servicios Generales VI 10 1.930
Grupo de Almacén
1 Jefe de Grupo de Personal Asistencial V 23 6.600
1 Almacenista I 16 3.420
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
1 Contabilista III 19 4.560
2 Auxiliar de Almacén VII 14 2.830
1 Auxiliar de Servicios Generales VI 10 1.930
Sección de Programación y Supervisión de Obras
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
1 Arquitecto IV 26 8.400
1 Arquitecto I 23 6.630
2 Dibujante V 20 5.000
I Ingeniero IV 26 8.400
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
División de Medicina del Deporte
1 Fisioterapeuta V 25 7.800
1 Nutricionista Dietista V 25 7.800
1 Enfermero I 21 5.500
1 Trabajador Social I 21 5.500
División de Educación Física, Recreación y Juventud
1 Jefe de División de Personal Técnico III 35 13.800
1 Secretario V 18 4.140
Sección de Educación Física
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
3 Licenciado en Educación Física V 25 7.800
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
1 Mecanógrafo VII 15 3.110
Sección de Recreación y Juventud
1 Jefe de Sección de Personal Técnico I 31 11.400
3 Técnico en Educación (Física y Recreación) V 23 6.600
1 Mecanotaquígrafo V 16 3.420
Sección de Promoción y Organización Deportiva
1 Técnico en Educación (Física y Deportes) V 23 6.600
Sección de Normas Técnicas Registro y Control
1 Mecanógrafo VII 15 3.110
Artículo tercero. Los empleados escalafonados en Carrera .Administrativa deberán ser reincorporados en cargos equivalentes en la Planta de Personal que establece este Acuerdo.
Artículo cuarto. El presente Acuerdo deroga el Acuerdo número 00002 del 29 de enero de 1974 y las demás disposiciones que le sean contrarias, en .las .partes pertinentes y rige a partir de su aprobación por el Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a los doce (12) días del mes de marzo de 1975.

(Firmado), Pedro López Michelsen, Presidente.

(Firmado), William Jaramillo Mejía, Secretario.

(Firmado), Hernando Duran Dusán, Ministro de Educación Nacional".

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto 352 del 28 de febrero de 1974 y demás disposiciones que le sean contrarias, en las partes pertinentes.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de noviembre de 1975.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Publico,

Rodrigo Botero Montoya.

El Ministro de Educación Nacional,

Hernando Durán Dusán.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Jaime Lopera Gutiérrez.

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