Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en Servicio Exterior, y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones constitucionales y de las facultades que le confiere el artículo 8° del Decreto número 612 de 1950,
DECRETA:
Artículo primero. Suprímense a partir del 1° de marzo del corriente año, los siguientes cargos en el Ministerio de Relaciones Exteriores:
Asesor de la Sección de Asuntos Especiales; Asesor de la Sección de Estados Unidos y Canadá; Asesor de la Sección de Asuntos Consulares y Ayudante de la Sección de Inmigración.
Artículo segundo. Suprímense a partir del 1° de marzo del corriente año los siguientes caraos en el Servicio Diplomático:
Consejero Comercial y Primer Secretario de la Embajada en Argentina; Secretario y Mecanotaquígrafa de la Legación en Bolivia; Primer Secretario de la Embajada en el Brasil; Consejero de la Legación en Costa Rica; Consejero y Agregado Civil de la Legación en Cuba: Consejero, Segundo Secretario y Mecanotaquígrafa de la Embajada en Chile; Tercer Delegado y Adjunto Civil de la Delegación Permanente ante las Naciones Unidas; Consejero, Primer Secretario y Mecanotaquígrafa de la Embajada en él Perú; Primer Secretario de la Legación en Bélgica; Adjunto Comercial de la Embajada en Gran Bretaña; Primer Secretario, Segundo Secretario y Chofer de la Embajada en Italia: Primer Secretario, Agregado Civil y Mecanotaquígrafa de la Embajada ante la Santa Sede.
Artículo tercero. Suprímense a partir del 1° de marzo del corriente año los siguientes cargos en el Servicio Consular:
Vicecónsul en Manaos; Cónsul General en San José de Costa Rica; Archivero, Ayudante Segundo de Caja y Pagos, Ayudante de Pedidos; Subjefe de Embarques, Ayudante Segundo de Embarques y Mecanotaquígrafa del Consulado en Nueva York; Vicecónsul en San Francisco: Canciller del Consulado en Baltimore; Mecanotaquígrafa del Consulado en Houston; Canciller del Consulado en Bruselas; Canciller del Consulado en Barcelona; Cónsul en Reos y Tarragona; Secretario del Consulado en París; Cónsul General en El Havre; Cónsul General en Helsinki: Vicecónsul en Montreal; Cónsul General en Sidney y Cónsul General en Milán.
Artículo cuarto. A partir del 1° de marzo del corriente año, las Misiones Diplomáticas de la Republica en Roma, Berna, Buenos Aires, Santiago y San José, tendrán a su cargo las funciones consulares.
Artículo quinto. Créase el carpo de Cónsul ad honórem de la República en Helsinki. Finlandia, y fíjese a dicho cargo la suma de $ 150.00 mensuales para gastos consulares, y nómbrase para desempeñarlo al señor Penttii Pajari, quien se encuentra actualmente encargado del Consulado General en la misma ciudad.
Artículo sexto. Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de febrero de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores, Gonzalo RESTREPO JARAM1LLO-El Minsitro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENECHE.
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