Por el cual se adiciona el artículo 4° del Decreto 1338 sobre personal subalterno de la comisión de Estudios Constitucionales y los Decretos números 2114 y 2428, todos del presente año
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
considerando:
Que por Decreto número 3518 de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional, y
Que el Secretario de la Comisión de Estudios Constitucionales se ha dirigido nuevamente al Ministerio de Gobierno, en solicitud de crear nuevos cargos subalternos, además de los indicados en los Decretos legislativos números 1338, 2114 y 2428 del presente año, por demandarlo así el actual extenso trabajo de la Comisión, y por no poder contar, a partir del 20 de los corrientes, con la colaboración del personal de empleados de la honorable Cámara de Representantes, por la próxima reunión del Congreso Nacional,
decreta:
Artículo 1° A partir del 20 de los corrientes, la Secretaría de la Comisión de Estudios Constitucionales tendrá el siguiente nuevo personal subalterno:
Dos Mecanógrafas con asignación cada una de $ 350.00 mensuales;
Dos Rotuladores y distribuidores de Anales, con asignación cada uno de $ 200.00 mensuales, y
Un Portero-Cartero con asignación de $ 200.00 mensuales.
Artículo 2° Los gastos que ocasione el presente Decreto se imputarán al Capítulo 3°, artículo 19-B del Presupuesto vigente.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 22 de octubre de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Gobierno,
Luis Ignacio Andrade.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Juan Uribe Holguín.
El Ministro de Justicia,
José Gabriel de la Vega.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
El Ministro de Guerra,
José María Bernal.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Camilo J. Cabal Cabal.
El Ministro del Trabajo,
Manuel Mosquera Garcés.
El Ministro de Higiene,
Alejandro Jiménez Arango.
El Ministro de Fomento,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Rodrigo Noguera Laborde.
El Ministro de Educación Nacional,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Carlos Albornoz.
El Ministro de Obras Públicas,
Jorge Leyva.
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