por el cual se honra la memoria de un distinguido ingeniero

Rango Decreto
Publicación 1966-10-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, y

considerando:

Que acaba de fallecer en esta capital el distinguido ingeniero señor Pedro Uribe Gauguín, quien prestó sus servicios al Ministerio de Obras Públicas en diversos e importantes cargos, con consagración, competencia, pulcritud y honorabilidad durante un periodo de treinta y cinco años;

Que como miembro del Consejo Nacional de Vías de Comunicación contribuyó de manera eficaz a orientar la labor del Ministerio de Obras Públicas en el desarrollo de importantes obras de progreso;

Que el ingeniero Uribe Gauguín fue un ciudadano ejemplar que se distinguió por sus acrisoladas virtudes cívicas y privadas;

Que es un deber del Gobierno honrar la memoria de sus más eximios servidores,

decreta:

Artículo primero. El Gobierno de Colombia deplora el fallecimiento del eximio ciudadano Pedro Uribe Gauguín, enaltece su memoria y presenta a la República sus virtudes como dignas de imitarse.
Artículo segundo. Un ejemplar autógrafo del presente Decreto será entregado a la viuda e hijos del extinto por una comisión designada por el Ministerio de Obras Públicas, así como a la Sociedad Colombiana de Ingenieros.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de septiembre de 1966.

carlos lleras restrepo

El Ministro de Obras Públicas, Bernardo Garcés Córdoba.

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