Por el cual se modifican los Decretos números 851 y 1850, del año en curso distribución de fondos apropiados para el Instituto Politécnico Complementario de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1945-10-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que por Decreto número 851 del año en curso, por medio del cual se distribuyeron los fondos apropiados para el Instituto Politécnica Complementario de Bogotá, creando el personal y asignaciones de dicho plantel, se destinó partida para sueldos de un Almacenista Jefe, una Cajera, tres alumnas dependientes, y para pago de ahondamiento de un local, todo lo cual se refiere al Almacén de Ventas de los productos del Instituto;

Que dicho Almacén apenas será necesario establecerlo en el mes de diciembre, cobrando por tanto la destinación de fondos para los meses de septiembre, octubre y noviembre, y

Que en Cambio, el Instituto carece de un dentista profesor, funcionario cuya necesidad es indiscutible, y que además lo destinado por Decreto 1850, para pago de profesoras industrias, por horas de clase, a razón de $ 2 la hora, es insuficiente para los meses de octubre a diciembre,

DECRETA:

Artículo primero. Modificase el Decreto número 851, de abril 5 del año en curso, por el cual se distribuyen los fondos apropiados en el Presupuesto para el Instituto Politécnico Complementario de Bogotá, en el Sentido de suprimir en los meses de septiembre, octubre y noviembre, los siguientes cargos y servicios:
Almacenista - Jefe, con asignación mensual de $ 150.00
Cajera, con asignación mensual de 80.00
Tres alumnas dependientes, con asignación mensual, cada una, de $ 26.00 78.00
Para pago de arrendamientos de un local, mensualmente, hasta 150.00
Artículo segundo. Con base en la economía que representan las supresiones del artículo anterior, modificase el Decreto húmero 1850, en el sentido de aumentar de $ 1.017.60 a $ 1.212.60 la destinación mensual para pago de profesoras de industrias por horas de clase, a razón de $ 2.00 la hora, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre del año en curso.
Artículo tercero. Créase el cargo de Dentista Profesor del Instituto Politécnico Complementario de Bogotá, con asignación mensual de $ 100.00 a partir del 1° del presente mes de octubre.

Parágrafo. Quedan en estos términos modificados los Decretos números 851 y 1850 de 1945.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de octubre de 1945.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de Paula PEREZ

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ARCINIEGAS

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