por el cual se delega en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación un contrato de empréstito externo

Rango Decreto
Publicación 1999-12-17
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993,

DECRETA:

Artículo 1º. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar, en nombre de la Nación, el contrato de préstamo denominado "Programa de Reforma del Sector Financiero" con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, por la suma de trescientos millones de dólares (US$300.000.000) de los Estados Unidos de América.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Juan Hernández Celis.

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